Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 10 de Julio de 2015, expediente FGR 012713/2015

Fecha de Resolución10 de Julio de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 10 de julio de 2015.

VISTOS:

Estos autos caratulados “L., J.H. sobre H.C.” (Expte. N° FGR 12713/2015), venidos del Juzgado Federal de Viedma; y CONSIDERANDO:

Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art. 10 de la ley 23.098, al declarar el Juzgado Federal arriba nombrado su incompetencia respecto de la acción de habeas corpus interpuesta por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en la Unidad N° 12 del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a exclusiva disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en la audiencia celebrada según acta de fs.4 y vta., L. manifestó que interpuso la presente acción para reclamar porque a raíz de un hecho ocurrido el día 21 de febrero pasado, en la casa de pre-egreso, lo sancionaron quitándole dos fases y bajándole puntos. A ello añadió que la sanción se tramitó 10/02/2015, es decir, once días antes de que sucediese el supuesto hecho que, en el acto, negó que hubiese ocurrido. Expresó, además, que había solicitado que le diesen explicaciones al respecto, sin haberlas obtenido y que no obstante haber puesto en conocimiento de todo ello al Juzgado de Ejecución en oportunidad de la visita anual, le manifestaron desconocer el asunto. Tras ello, agregó que la situación aludida lo afectó considerablemente puesto que retrocedió en su progreso y calificaciones, y que se formaron dos actuaciones administrativas en derredor de ello.

Fecha de firma: 10/07/2015 Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA —1—

Finalmente, acompañó en el acto un escrito y documentación relacionada con lo narrado (cfr.fs.5/13).

Que a fs.14/15 la a quo consideró que las cuestiones planteadas por L. resultaban de directa y exclusiva intervención del juez de ejecución de la condena (...

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