Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil , 8 de Agosto de 1989 (caso Pinedo, Juan Carlos C/Rey, Jose S/Sucesion - Escrituracion)
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Resumen
COMPETENCIA. SUCESION. HEREDERO UNICO
El art. 3285 del Código Civil, sólo fija la jurisdicción del juez al que corresponde entender en las acciones personales que se dirigen contra el heredero único que hubiere aceptado la herencia, pero no señala otro lugar que el previsto por el art. 3284 del Código citado para la apertura del juicio sucesorio. El supuesto de acciones dirigidas contra el heredero único, es una excepción al fuero de atracción del juicio sucesorio.NTOS CIFUENTESPINEDO, JUAN CARLOS c/REY, JOSE s/SUCESION - ESCRITURACION 8/08/89C. 028147Civil - Sala CVer el contenido completo de este documento
Extracto
Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil , 8 de Agosto de 1989 (caso Pinedo, Juan Carlos C/Rey, Jose S/Sucesion - Escrituracion)
[ÚNICAMENTE DISPONIBLE RESÚMEN DE LA SENTENCIA...
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