Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 18 de Marzo de 2015, expediente FMZ 028411/2014/CA001

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B Mendoza, 18 de Marzo de 2.015.

Y VISTOS:

Los presentes autos N° 28411/2014/CA1 caratulados: “PERALTA, M.V.C./ DIRECCIÓN NACIONAL REGISTROS PROPIEDAD AUTOMOTOR S/

APELACIÓN DE RES. DENEGAT. DEL REGISTRO PROP.

AUTOM” venidos a esta Sala “B” para resolver el recurso directo interpuesto por la parte actora.

Y CONSIDERANDO:

Que, a fs. Sub. 1/13, se presenta la Sra. M.V.P. con el patrocinio letrado de los Dres. G.F. y M.A., e interpone el recurso directo previsto por el artículo 37 del Decreto Ley 6582/58, modificado por la ley 22977, contra lo resuelto por el Encargado del Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, Seccional Nº 2 de Mendoza, que deniega el otorgamiento de la cédula verde y ordena la restitución de chapas patentes. Correspondientes a un automotor usado importado, Dominio NDD 749 de propiedad de la actora.-

A través del citado recurso solicita que se ordene a la accionada a que haga entrega de la cédula de identificación de su automotor dominio NDD 749 y se proceda a rectificar el certificado de importación del Automotor Nº 06158274 como así también el título del automotor del vehículo dominio NDD 749.-

Asimismo solicita la concesión de la medida cautelar que interpone con la presente, y en consecuencia requiere Fecha de firma: 18/03/2015 Firmado por: R.J.N., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

Firmado por: H.C.E., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

Firmado por: G.L.T., Secretaria de Cámara 1 Firmado por: R.A.F., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

que se ordene suspender los efectos del acto emitido por el Encargado Titular del Registro Automotor N2 de Mendoza con fecha 21/04/2014 en cuanto obliga a la actora a restituir las placas patentes, concediendo autorización escrita y provisoria para circular por la vía pública hasta tanto recaiga sentencia en los presentes.-

Hace un relato de los antecedentes de la causa y afirma que agravia a su parte la decisión del Titular del Registro de no hacer entrega de la correspondiente cédula para circular, bajo el fundamento de que el Certificado de Importación contiene una leyenda por la cual se le exige a dicho vehículo una “Licencia para Configuración de Modelo”.-

Sostiene que es arbitrario y contradictorio exigir que un particular gestione una Licencia para la Configuración de Modelos que no está habilitado a solicitar para un automóvil usado importado en el marco de las excepciones a la prohibición de nacionalización de vehículos usados.-

Afirma que la conducta desplegada por el Registro Seccional del Automotor Nº 2 de Mendoza viola flagrantemente su derecho de igualdad reconocido constitucionalmente, ya que existen legajos de vehículos similares al de la actora que han obtenido su título, placas y cédula de identificación, sin que se les haya requerido como condición previa la Licencia de Configuración de modelos.-

En tal sentido, agrega, y de manera expresa, el Encargado del Registro del Automotor Nº 2 de Mendoza, reconoce, en Fecha de firma: 18/03/2015 Firmado por: R.J.N., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

Firmado por: H.C.E., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

Firmado por: G.L.T., Secretaria de Cámara 2 Firmado por: R.A.F., Juez de la Cámara Federal de Mendoza -Subrogante-

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B la resolución venida en crisis que a otro automotor H. radicado en la provincia de Mendoza de similares características dominio FQL 590, no se le requirió la licencia para la configuración de modelos, situación que patentiza, a su criterio, aún más el trato desigualitario.-

Señala que en el caso se han establecido privilegio que excluyen a unos se les conceden a otros en iguales circunstancias.-

Por último, pide se dicte medida cautelar con el objeto de que se ordene suspender los efectos del acto emitido por el Encargado Titular del Registro Automotor N2 de Mendoza con fecha 21/04/2014 en cuanto obliga a la actora a restituir las placas patentes, concediendo autorización escrita y provisoria para circular por la vía pública, hasta que éste Cuerpo resuelva la cuestión planteada.

II- Que antes de proceder al...

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