Ordenanza N° 13/12

EmisorMunicipalidad de la Paz
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2012

ORDENANZA N° 13/12Visto el Proyecto de Ordenanza enviado a este Honorable Cuerpo por el Departamento Ejecutivo, sobre la Ordenanza Tarifaria 2012; yCONSIDERANDO:Que esta Comisión no ha visto impedimento alguno para la no aprobación del mismo en todos sus términos;Por ello,EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA PAZORDENA:Artículo 1º - Aprobar en General y en Particular la Ordenanza Tarifaria 2012.Artículo 2º - Comuniqúese, publíquese, dése al Registro o Digesto Municipal y cumplido, archívese.Por cuanto:El Honorable Concejo Deliberante de La Paz Mendoza, en Sesión Ordinaria con Quorum Legal a los quince días del mes de mayo del año dos mil doce, Sanciona con fuerza de Ordenanza.Andrés J. RamirezElda Susana RuizPresidente H.C.D.Secretaria H.C.D.ORDENANZA TARIFARIA AÑO 2012TITULO ISERVICIOS A LA PROPIEDAD RAIZCAPITULO IArtículo 1º - SERVICIOS GENERALES: Por metro lineal o fracción de frente, por ambos lados de la calle, en forma anual: (todas las zonas)a. Primera Zona6.00b. Segunda Zona3.50c. Tercera Zona2.50CAPITULO IIRECARGOSArtículo 2º - Los terrenos baldíos con cierre perimetral sin edificación, pagarán una sobretasa del 200%:Artículo 3º - Los terrenos baldíos sin cierre perimetral y sin edificación, abonarán una sobretasa del 300 %. Con excepción de aquellos que se destinen a espacios verdes, de acuerdo a la reglamentación que se dicte.TITULO IICONTRIBUCION POR MEJORASCAPITULO UNICOArtículo 4º - Los propietarios de inmuebles, que se encuentren beneficiados directa o indirectamente, por la realización de obras públicas efectuadas total o parcialmente por la Municipalidad, o por terceros por ella contratados, abonarán, en concepto de mejoras, el porcentual del costo de la obra que establezca la Contaduría General. Queda autorizado el D.E. para dictar resolución otorgando o no facilidades de pago o fijando la forma de retribución.TITULO IIIDERECHO DE INSPECCION Y HABILITACION DE INSTALACIONES MECANICAS Y ELECTROMECANICASCAPÍTULO ÚNICOArtículo 5º - Por derecho de aprobación de habilitación de instalaciones eléctricas, mecánicas y electromecánicas e inspección de equipos productores o amplificadores de sonido:1-Instalaciones embutidas en cañerías empotradas decasa habitación hasta 3 bocas10.00a-Por boca excedente4.002-Instalaciones económicas en residencias conconductores sobre aisladores hasta 3 bocas8.00a-Por boca excedente2.003-Instalaciones en comercios e industrias, hasta3 bocas25.00a-Por boca excedentes8.004-Por cambio de sitio de medidor de residencia10.005-Por cambio de sitio de medidor de industriao comercio30.006-Por separación de medidores para casa habitación7-Por separación de medidores p/comercio e industria20.008-Instalaciones en obras de construcción, (provisoriacada 6 meses o fracción)30.009-Por instalaciones en locales de funcionamientotemporario, calesitas, parques de diversiones, etc.,80.0010-MOTORES:a-Motores o dínamos generadores, turbinas a nafta,fuerza eléctrica compresores, para cada Hp., porfracción hasta 10 Hp.20.00b-De 10 Hp. en adelante, por cada Hp. o fracciónexcedente3.00c-Se exceptúa de todo pago especificado en los puntosa y b a los pozos de agua,destinados a regadío depropiedades de hasta 5 (cinco) Ha.11-Por revisación de calderas.50.0012-Por inspección de equipos productores o amplificadoresde sonido:a-Instalado en lugares de espectáculos de recreosalones de bailes15.00b-En la vía pública, fuera del radio urbano poraltoparlantes15.00c-Sirenas por cada una15.00d-Grupos electrógenos, transformadores, rectificadores,cada uno15.00e-Vendedores con equipos amplificadores25.0013-HELADERAS: Derecho de inspección anuala-Heladeras comerciales, por cada una15.00b-Heladeras vitrinas, por cada una15.00c-Heladeras familiares, para uso comercial,por cada una15.00d-Cámara frigorífica30.0014-MAQUINARIAS: Derecho de inspección anuala-Cortadoras de hueso y picadoras de carne,cada una15.00b-Cortadoras eléctricas de fiambre, cada una15.00c-Cortadoras a mano de fiambre, cada una15.00d-Lavadoras de botellas, cada una15.00e-Embotelladora de líquidos, cada una15.00f-Máquina de café-crema, cada una15.0015-GRUPOS ELECTROGENOS:a-De hasta 3 Kws. 8.00b-De 3 a 5 Kws.15.00c-De más de 5 Kws.22.0016-Hormigoneras, motores, talleres, etc., según motorque lo accione: (por derecho de inspección anual).a-Hasta 5 Hp.5,00b-De 5 a 10 Hp.6,00c-De 10 a 20 Hp.7,00d-De 20 a 50 Hp.10,00e-De más de 50 Hp., por cada Hp. excedentese cobrará5.00TITULO IVTASAS: POR HABILITACION, DERECHO DE INSPECCIONY CONTROL DE SEGURIDAD E HIGIENE DE COMERCIO,INDUSTRIAS Y ACTIVIDADES CIVILESCAPITULO IHABILITACIONES DE COMERCIOS E INDUSTRIASArtículo 6º - Se cobrará la habilitación de comercios, industrias y actividades civiles, por única vez, y el derecho de inspección y control de seguridad e higiene anualmente de acuerdo a los siguientes aforos y especificaciones.1)Almacenes minoristas72.002)Academia54.003)Almacenes mayoristas120.004)Aserraderos120.00Por cada sierra anexa17.00Anexos36.005)Agencias de loterías, prode:Loterías, quiniela y prode60.00Anexos42.00Prode y Quiniela, Loterías (Subagencias),Amubulantes36.00Anexos48.006)Ahorro y préstamos para vivienda:Casa Central240.00Sucursal60.00Representación48.007)Auto-servicios:Comestibles120.008)Balnearios:60.00Con anexo cantina48.00Con anexo camping36.009)Bares:180.00Anexo café60.0010)Billares, pool, juegos electrónicos:Por cada mesa o por juego42.00Metegoles y aparatos similares:24.00Anexos36.0011)Bowling60.0012)Bicicleterías:a-Con ventas de bicicletas y repuestos120.00b-Con talleres de reparaciones y ventasde repuestos72.0013)Bodegas por cada 100Hls. de capacidad dela bodega establecidos por planillas del I.N.V.6.0014)Barracas120.0015)Carpinterías:Con fábrica de muebles120.00Sin fábrica de muebles84.0016)Criaderos en zona rural:a-De cerdos180.00b-De aves120.00c-De conejos angoras y otras especies pilíferas120.0017)Corralones120.00Acopio o enfardador de junquillo120.0018)Carnicería:Con venta exclusiva carne vacuna180.00Con venta, otras especies204.00Con venta de verduras204.00Con venta otras especies y verdura228.0019)Curtiembres240.0020) Confiterías:a- Básicas120.00b- Anexo bailable, discoteca y otros juegos60.0021)Cinematógrafos:Salas cerradas120.00Al aire libre84.0022)Clínicas (Medicas, Kinesiologia, de ojos,pediatra, geriátrica, cardiovascular,materno infantil, etc)120.0023)Colchonerías120.0024)Combustibles:Venta de kerosene, alcohol, lubricantes, etc.120.0025) Compañía de Seguros:Sucursal o representación120.0026)Chapería, exclusivamente120.0027)Chacaritas, exclusivamente180.0028)Depósitos: cuando el mismo no se encuentra enel lugar de ventas:a- Cueros y afines120.00b- Frutos del país120.00c- Materiales de demolición120.00d- Vinos, cerveza, licores, etc.,120.00e- Verduras y frutas120.00f- Otros120.0029)Despensas:a- Ventas exclusivas134.00b- Anexo, otro negocio, por cada rubro36.0030)Deportes:Venta exclusiva, artículos deportivos120.00Anexo, otros negocios, por cada rubro30.0031)Estaciones de servicios:Ventas de combustibles, lavado y engrase240.00Lavado y engrase, solamente120.00Venta de combustibles, solamente120.0032)Empresas de banquetes180.0033)Empresas de Transporte de carga y/o pasajerosHasta 3 vehículos120.00Más de 3 vehículos, por cada unidad excedente36.0034)Electricidad:a- Artículos de electricidad, solamente120.00b- Anexo, otros rubros: cada uno36.0035)Empresa Constructora360.0036)Fotografías:a- Fotógrafos con venta de rollos y accesorios120.00b- Anexo: otros negocios, por cada rubro36.0037)Fábricas:a- Aguas gaseosas, licores, refrescos, etc.,120.00b- Conservas al natural120.00c- Pastas alimenticias120.00d- Escobas, plumeros y artículos de mimbre120.00e- Cajones para envases120.00f- Otros120.0038)Farmaciasa- Productos medicinales de farmacopea180.00b- Con ventas de perfumerías y cosméticos60.0039)Florerías:Venta exclusiva60.00Anexo, semillas, adornos, etc.,30.0040)Ferreterías:Venta exclusiva180.00Anexo:- Artículos de electricidad30.00- Artículos sanitarios30.00- Artículos materiales de construcción30.00- Artículos ventas de juguetes30.00- Artículos bazar y menaje30.00- Artículos desinfectantes agrícolas30.00- Artículos caza, armería, pesca, deportes30.00- Artículos de talabartería30.00- Artículos maquinarias agrícolas60.0041)Fiambrerías:a- Exclusivamente120.00b- Anexo, otros negocios, por cada rubro36.0042)Gomerías:a- Arreglos exclusivamente96.00b- Anexo de venta, cámaras, cubiertas y llantas48.0043)Golosinas:a- Exclusivamente108.00b- Anexo, otros negocios, cada rubro30.0044)Hoteles, Restaurantes y Carrito Bar:a- Comida solamente120.00b- Con comida y hospedaje144,00c- Con hospedaje solamente120.00d- Por cada anexo48.0045)Herrería96.0046)Heladería:a- Fábrica y venta120.00b- Venta solamente96.0047)Hornos de ladrillos120.0048)Instituciones, bancarias, financieras o de créditos:a- Bancarias1.200.00b- Financieras480.00c- De créditos360.0049)Jugueterías:a- Venta de juguetes, exclusivamente120.00b- Anexo, otros ramos, por cada rubro36.0050)Kiosco:a- En la vía pública120.00b- Privados72.0051)Loterías:Vendedores impedidos 0.00Vendedores Ambulantes60.00Vendedores en Local anexo a otros negocios60.00Vendedores en locales exclusivos60.0052)Lecherías:Distribuidor con tambo y con reparto120.00Repartidores48.0053)Librerías:a- Venta de libros, papelería y artículosde escritorio120.00b- Anexo, otros ramos, por cada rubro36.0054)Lavaderos:De vehículos120.00De ropa84.0055)Mercados:a- Venta de carnes y verduras180.00b- Anexo, otros negocios, por cada rubro36.0056)Mercerías:a- Venta exclusiva120.00b- Anexo, otros negocios, por cada rubro36.0057)Mueblerías:.a- Muebles exclusivamente180.00b- Anexo, colchonería36.00c- Anexo, artículos del hogar36.00d- Anexo, muebles metálicos y de oficina36.0058)Minutas: Pizzas y Empanadas:a- Venta exclusivamente120.00b- Anexo, otros negocios, por cada rubro48.0059)Modas:a- Casa establecida con mercaderías, ropaseñoras y niños120.0060) Pensiones:a- Hospedaje exclusivamente84.00b- Hospedaje y comida120.0061)Panadería:a- Elaboración mecánica120.00b- Sucursales, cada una6...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR