Programa Global de Obligaciones Negociables Simples. Obligaciones Negociables Serie I

EmisorMilicic S.A.
Fecha de la disposición19 de Julio de 2013

Conforme al art. 10 de la Ley 23.576 se hace saber que la Sociedad, por asamblea unánime de fecha 22-01-13 y reunión de directorio de fecha 24-01-13 aprobó la creación de un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (el “Programa”) y la emisión de la Serie I de ON (las- “ONs”), conforme a los siguientes datos, complementadas con las condiciones establecidas en el Prospecto del Programa (el “Prospecto”) y en el Suplemento de las ONs Serie I (el “Suplemento”) a publicar en el Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”) y en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.cnv.gob.ar) (“AIF”) (“CNV”): I. Condiciones de Programa: Emisora: Milicic S.A. Monto de las ON: El monto del capital total de todas las Series de Obligaciones Negociables en circulación en cualquier fecha no superará el monto revolvente de $ 50.000.000 o el equivalente en otras monedas. Una vez cubierto en forma total el monto máximo del Programa sólo se podrá emitir nuevas Series por el valor nominal de Obligaciones Negociables que se cancelen en forma total o parcial. Moneda: Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en pesos o cualquier otra moneda conforme se indique en cada Serie y/o Clase, sujeto a todos los requisitos legales o reglamentarios aplicables a la emisión de dicha moneda. Plazo: cinco años a contar desde su autorización por la CNV. Tasa de Interés: Las Obligaciones Negociables podrán emitirse con o sin interés, según se establezca en cada Serie y/o Clase. En el caso que se disponga la emisión con intereses, éstos podrán ser a tasa fija o variable o de la manera que se contemple en cada emisión y se computarán conforme lo que allí se indique: Cuando existan importes adeudados que no hayan sido cancelados en su respectiva fecha de vencimiento, se devengaran, en forma adicional a los intereses compensatorios en su caso, intereses moratorios a una tasa equivalente a una vez y media la última tasa de interés fijada, o la tasa que se determine en cada Serie. Pago de interés y amortización. Plazo de Amortización. Los intereses y/o amortizaciones de capital (los “Servicios”) respecto de las Obligaciones Negociables serán pagaderos en las fechas que se estipulen en las condiciones de emisión de cada Serie y/o Clase y en el Suplemento correspondiente. Cuando existan importes adeudados que no hayan sido cancelados en su respectiva fecha de vencimiento, se devengaran, en forma adicional a los intereses compensatorios en su caso, intereses moratorios a una tasa equivalente a una vez y media la última tasa de interés fijada, o la tasa que se determine en cada Serie. Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente día hábil, sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Sociedad ponga a disposición de los inversores, o del agente de pago de existir éste, o de la Caja de Valores S.A. en cuanto a las Obligaciones Negociables allí depositadas, los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día lunes a viernes, salvo aquellos en los que las entidades financieras están obligadas a cerrar en la ciudades de Buenos Aires o Rosario, según lo ordene el BCRA. El plazo de amortización será de no menos de treinta (30) días ni superiores a diez (10) años contados desde la fecha de emisión, según se establezca en cada emisión y en cada caso sujeto a las leyes y reglamentaciones aplicables. Garantía: Se emitirán con o sin garantía. Reembolso anticipado a opción de la Sociedad: La Sociedad podrá (a menos que en las condiciones de emisión de una Serie se especifique de otro modo) reembolsar...

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