Resolución Nº 139/PJCABA/?/14

FirmantesRabinovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorPoder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Abril de 2014

VISTO:

El Expediente DCC N° 020/14-0 caratulado "Adquisición de mobiliario, sillas y sillones

para Beazley 3860 y Bolivar 177" y la Resolución OAyF N° 133/2014; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4° de la Resolución OAyF N° 133/2014, se instruyó a la Comisión

de Evaluación de Ofertas a solicitar a la empresa Establecimientos Caporaso

S.A.C.I.F. y A una mejora en el precio de la oferta para los renglones 1 y 3 de la

Licitación Pública N° 03/2014. Ello, por resultar aplicable en el caso lo establecido en

el artículo 19 del Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014 en cuanto permite que

"cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo" se

solicite "al oferente mejor calificado una mejora en el precio de la oferta, a los fines de

garantizar el éxito de la contratación, teniendo en cuenta los principios de eficiencia,

eficacia y economía previstos en la ley".

Que a su vez, esa decisión también tuvo por fundamento el artículo 108 del Anexo I de

la Resolución CM N° 1/2014 el cual determina que: "cuando se estime que el precio de

la mejor oferta presentada resulta inconveniente, la Comisión de Evaluación de

Ofertas podrá solicitar al oferente mejor calificado una mejora en el precio de la oferta,

a los fines de poder concluir exitosamente el procedimiento de selección".

Que por su parte, conforme surge de los considerandos de la Resolución OAyF N°

133/2014, esta Administración General entendió que "corresponderá declarar

fracasados los renglones 1 y 3 de la Licitación Pública N° 3/2014 e instruir a la

Comisión de Preadjudicaciones a solicitar a la empresa Establecimientos Caporaso

S.A.C.I.F y A una mejora en el precio de la oferta. Ello, en consonancia con lo

dispuesto por el artículo 19 del Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014".

Que según se desprende de lo previamente expuesto, el fundamento de lo resuelto

respecto de los renglones 1 y 3 de la licitación, fue la aplicación del artículo 19 de del

Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014, pues se encuentran dadas las condiciones Artículos 1 a 19

para su aplicación.

Que no obstante la motivación en cuestión, puesto que aún resta proseguir con la

solicitud de mejora de precios a la firma Caporaso S.A.C.I.F y A en lo que respecta a

los renglones 1 y 3 de la Licitación Pública N° 03/2014, en el artículo 1° de la

Resolución OAyF N° 133/2014 se incurrió en un error material que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR