Resolución Nº 19/GCABA/MHGC/14

FirmantesBullrich - Grindetti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2014

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

VISTO:

el Decreto N° 556/10, su modificatorio Decreto N° 752/10, el Expediente

1416840/MGEYA/DGSEGUROS/14, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del gasto que

supuso la contratación de la cobertura de responsabilidad civil por un plazo de 180

días, a los efectos de amparar los establecimientos educativos pertenecientes a la

órbita del Ministerio de Educación;

Que la Dirección General de Seguros dependiente del Ministerio de Hacienda,

extendió invitaciones a cotizar a tres firmas del rubro: Provincia Seguros S.A., San

Cristóbal S.M.S.G. y Caja de Seguros S.A.;

Que de la compulsa de precios surgió como oferta más conveniente la de PROVINCIA

SEGUROS S.A. por un importe de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL

SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($581.783,50);

Que dicha Dirección General solicitó a Provincia Seguros S.A. la póliza de

Responsabilidad Civil y la misma se encuentra emitida bajo el N° 66599;

Que en virtud que resultó de imprescindible necesidad contar con una nueva póliza

de seguro, en tanto el 30/11/2013 operaba el vencimiento de la póliza de

Responsabilidad Civil y se encuentra en trámite la licitación de las nuevas

coberturas de responsabilidad civil y accidentes personales, se procedió a

consumar el gasto;

Que el artículo 6° del Decreto N° 556/10, modificado por su similar N° 752/10,

dispone que "...En el caso de aquellas situaciones en que la urgencia y/o

emergencia hubiesen obligado a efectuar dicha erogación sin la autorización previa

mencionada, la aprobación del gasto debe ser rubricada en forma conjunta por

los/as titulares del Ministerio u Organismo Descentralizado iniciador y del Ministerio

de Hacienda";

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención

en el ámbito de su competencia;

Que en el presente caso corresponde aprobar el gasto que se trata.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 6° del Decreto N° 556/10 y su

modificatorio Decreto N° 752/10,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2014, Año de las letras argentinas

Artículo 1...

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