Resolución Nº 19/GCABA/MHGC/14
Firmantes | Bullrich - Grindetti |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 28 de Febrero de 2014 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2014, Año de las letras argentinas"
VISTO:
el Decreto N° 556/10, su modificatorio Decreto N° 752/10, el Expediente
1416840/MGEYA/DGSEGUROS/14, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del gasto que
supuso la contratación de la cobertura de responsabilidad civil por un plazo de 180
días, a los efectos de amparar los establecimientos educativos pertenecientes a la
órbita del Ministerio de Educación;
Que la Dirección General de Seguros dependiente del Ministerio de Hacienda,
extendió invitaciones a cotizar a tres firmas del rubro: Provincia Seguros S.A., San
Cristóbal S.M.S.G. y Caja de Seguros S.A.;
Que de la compulsa de precios surgió como oferta más conveniente la de PROVINCIA
SEGUROS S.A. por un importe de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($581.783,50);
Que dicha Dirección General solicitó a Provincia Seguros S.A. la póliza de
Responsabilidad Civil y la misma se encuentra emitida bajo el N° 66599;
Que en virtud que resultó de imprescindible necesidad contar con una nueva póliza
de seguro, en tanto el 30/11/2013 operaba el vencimiento de la póliza de
Responsabilidad Civil y se encuentra en trámite la licitación de las nuevas
coberturas de responsabilidad civil y accidentes personales, se procedió a
consumar el gasto;
Que el artículo 6° del Decreto N° 556/10, modificado por su similar N° 752/10,
dispone que "...En el caso de aquellas situaciones en que la urgencia y/o
emergencia hubiesen obligado a efectuar dicha erogación sin la autorización previa
mencionada, la aprobación del gasto debe ser rubricada en forma conjunta por
los/as titulares del Ministerio u Organismo Descentralizado iniciador y del Ministerio
de Hacienda";
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
en el ámbito de su competencia;
Que en el presente caso corresponde aprobar el gasto que se trata.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 6° del Decreto N° 556/10 y su
modificatorio Decreto N° 752/10,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVEN
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2014, Año de las letras argentinas
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba