Resolución Nº 104/GCABA/SSJUS/14
Firmantes | Buján |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Justicia |
Fecha de la disposición | 14 de Marzo de 2014 |
VISTO:
el Decreto 556/2010 y su modificatorio Decreto N° 752/2010; así como el Expediente
N° 2675598/2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita la aprobación del gasto ordinario para el
servicio de remodelación y reacondicionamiento de sanitarios de la sala de situación
para la implementación de un sistema de georeferencia Convenio Consejo de la
Magistratura, Ministerio de Justicia y Seguridad.
Que el Decreto N° 556/10 modificado por el Decreto N° 752/10, en sus artículos 1 al 6,
faculta aprobar los gastos por esta modalidad de contratación.
Que obra la Solicitud de Gasto N°17749/2014 debidamente valorizada, por un importe
total de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL CON 00/100.-($ 85.000,00);
Que, tal como se exige el inciso a) del artículo 2° del Decreto N° 556/10, la
contratación en cuestión reviste carácter urgente e imperiosa que se pone de
manifiesto por los reiterados pedidos de alojamiento incumplidos de los magistrados
del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas;
Que el citado servicio tiene por finalidad la remodelación y reacondicionamiento de los
sanitarios de la sala de situación para la implementación de un sistema de
georeferencia Convenio Consejo de la Magistratura, Ministerio de Justicia y Seguridad,
cuyo objetivo es permitir la prohibición de concurrencia, el impedimento de contacto y
la prisión domiciliaria dado la necesidad;
Que la presente actuación cumple con los requisitos exigidos por el inciso b) y el
del Decreto 556/2010, toda vez que la Subsecretaria de Justicia ha solicitado.
cotización de las firmas: MAJO CONSTRUCCIONES S.A CUIT 33-70909787-9,
INGECOM CONSTRUCCIONES SA CUIT 30- 71276750-9 y ALTOTE S.A CUIT 30-
70743189-6;
Que la operatoria deriva del convenio firmado por el Señor Ministro de Justicia y
Seguridad y el Consejo de la Magistratura de fecha 27 de noviembre de 2013;
Que han cotizado las tres primeras firmas referidas, los cuales cumplen con lo
estipulado en el inciso c) del artículo 2° del Decreto 556/10, estando inscriptas en el
Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores;
Que luce el cuadro comparativo de precios en el que ha resultado más conveniente
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