Resolución Nº 640/GCABA/MJYSGC/13

FirmantesMontenegro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2013

VISTO:

Las Leyes N° 268 -modificada por la Ley 3803- y N° 4013, el Decretos N° 257/13, las

Resoluciones N° 504/MJYSGC/13 y Resolución N° 543-MJYSGC/13, la Disposición N°

28/DGELEC/13 y el Expediente N° 5664797/13, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 257/13, se convocó al electorado de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires para que el día 27 de octubre de 2013 proceda a elegir treinta (30)

diputados/as titulares y diez (10) suplentes para integrar el Poder Legislativo de la

Ciudad;

Que por Resolución N° 504-MJYSGC/13 se han establecido los requisitos formales a

cumplimentar por los partidos políticos para acceder a la percepción del aporte público

en concepto de financiamiento de la campaña electoral establecido por la Ley N° 268;

Que el partido Instrumento Electoral por la Unidad Popular y el partido Marea Popular

han solicitado el aporte público para el financiamiento de la campaña electoral del año

2013;

Que de acuerdo a lo informado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad

mediante Oficio N° 063/2013, los partidos mencionados en el párrafo anterior,

integrantes de la Alianza Transitoria Camino Popular han oficializado candidatura para

la categoría de Diputados/as de la Ciudad para los comicios convocados mediante

Decreto N° 257/13;

Que en concepto del aporte público dispuesto en el artículo 10 punto 1 a) de la Ley N°

268, al Partido Instrumento Electoral por la Unidad Popular le corresponde la suma de

pesos ciento dieciséis mil doscientos diez con trece centavos ($ 116.210,13) para la

categoría de Diputados/as de la Ciudad;

Que en concepto del aporte público dispuesto en el artículo 10 punto 1 a) de la Ley N°

268, al Partido Marea Popular le corresponde la suma de pesos tres mil cuatrocientos

ocho con cincuenta centavos ($ 3.408,50) para la categoría de Diputados/as de la

Ciudad;

Que asimismo, corresponde asignarle a ambos partidos, la suma determinada por la

Resolución N° 543/MJYSGC/13 en concepto del aporte público para la campaña

previsto por el artículo 10 punto 1 inciso c) de la Ley N° 268;

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR