Resolución Nº 3178/GCABA/MEGC/13
Firmantes | Bullrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Educación |
Fecha de la disposición | 19 de Septiembre de 2013 |
VISTO:
La Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Ley de Deporte Nacional N° 20.655, las
Leyes Nros. 1624 y 3.218 de esta Ciudad Autónoma, el Expediente N° 1.490.234/13, y
CONSIDERANDO:
Que es objetivo de la política educativa llevada a cabo por el Ministerio de Educación
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el garantizar el ejercicio del
derecho constitucional de enseñar y aprender, previsto en el artículo 14 de la
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone que la Ciudad
reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la
ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad
justa y democrática y, a tal fin, debe organizar los servicios y las acciones educativas
que posibiliten el ejercicio del derecho a la educación;
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece que la obligatoriedad escolar
en todo el país se extiende desde la edad de cinco años hasta la finalización del nivel
secundario, correspondiendo a cada jurisdicción asegurar el cumplimiento de la
obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de
promoción de derechos que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios,
urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad;
Que el sistema educativo asimismo tiene, en todas sus modalidades y orientaciones,
la finalidad de habilitar a los/las niños, adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno
de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios;
Que la Ley de Deporte Nacional N° 20.655, a la cual adhirió esta Ciudad Autónoma
mediante la Ley N° 1624, establece como objetivo la utilización del deporte como
factor educativo coadyuvante a la formación integral del hombre y como recurso para
la recreación y esparcimiento de la población;
Que la Ley N° 3.218 establece que la práctica del deporte y de actividades físicas
recreativas es una importante herramienta de desarrollo integral y de socialización
para todas las edades, siendo fundamental en edad temprana y escolar;
Que el Reglamento Escolar para el Sistema Educativo de Gestión Pública dependiente
del Ministerio de...
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