Resolución Nº 148/GCABA/PG/13

FirmantesConte Grand
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Procuración General de la Ciudad
Fecha de la disposición10 de Junio de 2013

Buenos Aires, 10 de junio de 2013

El Expediente N° 2/2005, por el que se instruyó el Sumario N° 01/05 e incorporados

Anexos I, II, III y IV, Expediente reconstruido N° 8.354/1997, Expediente N°

13.205/2005 y Registros N° 17.683/MGESYA/2005, N° 1.414/PG/2005, N°

947/SSEGU/05, N° 939/SSEGU/2005 y N° 5.269/PG/2005, y

CONSIDERANDO

Que el presente sumario fue ordenado por esta Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires mediante Resolución N° 001/PG/05, del 03/01/2005 (en copia fiel a fs.

13), a fin de deslindar eventuales responsabilidades disciplinarias con relación a los

hechos ocurridos el 30/12/2004 en el local denominado "República Cromagnon", sito

en Bartolomé Mitre 3066, Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que con posterioridad, la entonces Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana ordenó

la instrucción de un sumario administrativo referido a los mismos hechos, mediante

Resolución N° 013/SJySU/2005 de fecha 21/01/2005, generando el Expediente N°

3.982/2005, el cual se incorporó a las presentes actuaciones para su tramitación

conjunta, por razones de conexidad;

Que como antecedentes de la presente investigación se glosaron, a fs. 3/10, impresos

de las ediciones de La Nación Line y Clarín.com del 31/12/2004, que informaron

coincidentemente sobre una catastrófica tragedia ocurrida en el local bailable

"República Cromagnon", a partir de alrededor de las 23:00 horas, oportunidad en la

que se desencadenó un incendio -probablemente por el uso de elementos

pirotécnicos- dejando hasta ese momento un saldo de entre 169 y 175 muertos (luego

resultarían muchos más), con una cantidad por entonces indeterminada de heridos,

que superaba el centenar. Se destacó que el público asistente al local rebasaba en

mucho la capacidad del mismo;

Que los hechos dieron lugar a la Causa N° 247/05, tramitada primeramente ante el

Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 1, Secretaría N° 105, con la

intervención de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 10 del mismo

fuero;

Que durante la instrucción se incorporaron, como Anexo I, copias de las siguientes

actuaciones concernientes al local sito en la cal e Bartolomé Mitre 3060/72: Fotocopias

certificadas del Expediente N° 65.628/2000, s/Ajuste Instalación Mecánica finca

Bartolomé Mitre 3050. Fotocopias certificadas de la Nota N° 3050-DGFOC-2001,

s/Requerimiento Defensoría del Pueblo. Fotocopias certificadas del Expediente N°

65.538/1997, s/Instalación Eléctrica y Mecánica Bartolomé Mitre 3050. Fotocopias

certificadas del Expediente N° 53.766/1997, s/Registro normas contra incendio

Bartolomé Mitre 3037/78. Fotocopias certificadas del Expediente N° 77.401/2003,

s/Ajuste Instalación Térmica Bartolomé Mitre 3038/50. Fotocopias certificadas de la

impresión de los archivos digitalizados del Expediente N° 42.855/1997, s/Solicitud

habilitación Bartolomé Mitre 3060/72, PB y E. P. Fotocopias certificadas por escribano

del Registro N° 495-DGHyP-04, s/Listado locales según requerimiento de

Superintendencia Federal de Bomberos. Fotocopia simple del Expediente N°

40.511/1997, s/Registro Normas contra incendio Bartolomé Mitre 3036/78. Fotocopias

certificadas por escribano del Expediente 46309/1997, s/Pedido de clausura para

funcionar del local bailable clase "C" Bartolomé Mitre 3050;

Que asimismo se incorporó al principal, para su tramitación conjunta en razón de

existir conexidad, el Expediente N° 13.205/2005, por el cual la ex Dirección General de

Fiscalización de Obras y Catastro solicitó se investigara la tramitación del precitado

Expediente N° 65.628/2000;

Que también se incorporaron, la Estructura Organizativa del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 2.696/03 (Anexo II), el Proyecto de

Fortalecimiento Institucional de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, remitido

por la Coordinación Ejecutiva Adjunta de la Unidad Ejecutora Préstamo BID 1107

mediante Informe N° 47/12/ZIF/2005 (Anexo III) y el Listado de Locales, Parte I,

remitido por la Dirección General Guardia Urbana (Anexo IV);

Que a fs. 17 dio comienzo la instrucción sumarial;

Que como primera medida, mediante Nota N° 08/PG/2005 obrante a fs. 19, se requirió

un informe a la entonces Dirección General de Fiscalización y Control sobre la nómina

de los agentes asignados al local "República Cromagnon" en el último año calendario,

en calidad de inspectores o controladores, así como la lista de los inspectores o

controladores que tuvieron asignada en el mismo período, la zona donde se encuentra

ubicado el inmueble en cuestión, indicando asimismo sus superiores jerárquicos y la

nómina de autoridades o funcionarios cuyas misiones y funciones sean o hayan sido

asignar zonas, inmuebles y/o locales a verificar y/o controlar en el ámbito de la Ciudad

de Buenos Aires;

Que obra a fs. 20, nota del entonces Director General de Fiscalización y Control, Dr.

Gustavo Torres, por la que remitió el Expediente N° 46.309/1997 y los Registros Nos

7496/UPI/2004 y 495/DGHP/2004, a los efectos de ser girados a la Causa N° 247/05,

tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 1, Secretaría N°

105, lo que así se hizo, conforme constancia de la entonces Procuradora General a fs.

44 y vta. Asimismo, dicho funcionario envió un informe producido por el inspector

Víctor Telias, (glosado a fs. 21), donde el nombrado (en fecha 02/01/2005) dejó

constancia que el 19/03/2004, a requerimiento de la Comisaría 7° de la Policía Federal

Argentina, había participado con un conjunto de inspectores en un operativo de

inspección de locales clase "C". Señaló en el mismo libelo que, cuando l egó el

momento de verificar el local Bartolomé Mitre 3060, constató que el mismo se

encontraba cerrado, razón por la cual pasó sin más trámite con su respectivo grupo al

siguiente local bailable, sito en Bartolomé Mitre 2737;

Que simultáneamente, el referido Director General de Fiscalización y Control, en la

misma nota de fs. 20, remitió copia certificada del aludido Registro N° 7.496/UPI/2004

(glosada a fs. 22/30), iniciado con motivo de una intimación del 24/05/2004 de la ex

Unidad Polivalente de Inspecciones al titular del local Bartolomé Mitre 3060/72, a fin de

que acreditara documentadamente el cumplimiento de la normativa vigente relativa a

su actividad comercial. En respuesta, el interesado, Raúl Lorenzo, presentó ante la ex

Unidad Polivalente de Inspecciones, dependiente de la ex Subsecretaría de Control

Comunal, un formulario de descargo por requerimiento (obrante a fs. 23), mediante el

cual acompañó copias de una plancheta de habilitación de fecha 1/08/97 (fs. 24), de

un certificado de la Superintendencia Federal de Bomberos del 24/11/03 (fs. 25),

donde consta que el local poseía servicio contra incendio y demás elementos

complementarios según Ordenanza 50.250. En forma destacada se consignó que este

certificado tenía validez por el término de un año a partir de su emisión, debiendo

luego ser reactualizado para cumplir con la mentada ordenanza. Los respectivos

planos visados por la Superintendencia Federal de Bomberos se glosaron a fs. 26/30;

Que se recibió declaración informativa a fs. 51/52 al Jefe de Departamento

Instalaciones contra Incendios de la entonces Dirección General Fiscalización de

Obras y Catastro, Walter Sergio Chiodini;

Que reconoció su firma en los precitados planos de fs. 28/30 y explicó que

corresponden a un juego completo de la documentación de proyecto de prevención

contra incendio, el que continúa con la ejecución de la obra, según las condiciones

establecidas en los planos registrados ante la entonces DGFOC. Dijo el exponente

que, finalizadas las obras, el profesional designado por el propietario realiza la

presentación de los planos conforme a obra final de condiciones contra incendio, y una

vez recibidos en el Departamento de Instalaciones contra Incendios, Térmicas,

Inflamables y Sanitarios, se fija día y hora para una inspección en el local. Aclaró que,

una vez otorgado el final de obras para incendio, la normativa no exige el control

periódico del sector, a menos que medie denuncia. Destacó que la Ordenanza 50.250

establece el control periódico y certificaciones técnicas anuales, por parte de la

Superintendencia de Bomberos;

Que además, Chiodini aportó en forma espontánea, documentación consistente en

copia de la Ordenanza 50.250 (fs. 53), de la normativa desarrol ada por el Cuerpo de

Bomberos (fs. 54/57), de la Reglamentación de la Ley 19.587 (fs. 58/78), de la

Ordenanza 36.973 y sus anexos (fs. 79/99 y vta.) y de la Nota 003-05 sobre

condiciones contra incendio para la obra ubicada en la cal e Bartolomé Mitre N°

3070/72, elevada al entonces Director General de Fiscalización y Control (fs. 100/101

vta.).;

Que a fs. 102/106 obra copia de los Capítulos 10.2 (Locales de Baile), 10.3 (Acceso de

menores en locales de diversión pública), 10.4 (Fiestas populares), 10.5 (Salas de

patinaje) y 10.6 (Salas de recreación) del Código de Habilitaciones y Verificaciones, en

tanto que a fs. 107 obra copia del Decreto N° 67, modificatorio de su artículo 10.2.3.;

Que mediante nota agregada a fs. 112/114, el entonces Director General de

Fiscalización y Control, Gustavo Juan Torres, dio respuesta a la Nota N° 08/PG/2005,

obrante a fs. 19;

Que consignó entonces, que en el año 2004 no se asignó zona a ningún inspector, y

que se realizaron operativos en distintas jurisdicciones, correspondiendo a la

Comisaría 7° de la Policía Federal Argentina, la zona del local sito en la cal e

Bartolomé Mitre N° 3060/66/70/72, acompañando la nómina del personal asignado a

las inspecciones realizadas al í durante el mismo año. Explicó igualmente que, al

suprimirse la Unidad Polivalente de Inspecciones (que tuvo como Coordinadora

General a Ana María Fernández), se creó la Dirección General de Fiscalización y

Control, designándose como Director General a Oscar Lucangioli y como Directora

Adjunta...

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