Resolución Nº 148/GCABA/PG/13
Firmantes | Conte Grand |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Procuración General de la Ciudad |
Fecha de la disposición | 10 de Junio de 2013 |
Buenos Aires, 10 de junio de 2013
El Expediente N° 2/2005, por el que se instruyó el Sumario N° 01/05 e incorporados
Anexos I, II, III y IV, Expediente reconstruido N° 8.354/1997, Expediente N°
13.205/2005 y Registros N° 17.683/MGESYA/2005, N° 1.414/PG/2005, N°
947/SSEGU/05, N° 939/SSEGU/2005 y N° 5.269/PG/2005, y
CONSIDERANDO
Que el presente sumario fue ordenado por esta Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires mediante Resolución N° 001/PG/05, del 03/01/2005 (en copia fiel a fs.
13), a fin de deslindar eventuales responsabilidades disciplinarias con relación a los
hechos ocurridos el 30/12/2004 en el local denominado "República Cromagnon", sito
en Bartolomé Mitre 3066, Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que con posterioridad, la entonces Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana ordenó
la instrucción de un sumario administrativo referido a los mismos hechos, mediante
Resolución N° 013/SJySU/2005 de fecha 21/01/2005, generando el Expediente N°
3.982/2005, el cual se incorporó a las presentes actuaciones para su tramitación
conjunta, por razones de conexidad;
Que como antecedentes de la presente investigación se glosaron, a fs. 3/10, impresos
de las ediciones de La Nación Line y Clarín.com del 31/12/2004, que informaron
coincidentemente sobre una catastrófica tragedia ocurrida en el local bailable
"República Cromagnon", a partir de alrededor de las 23:00 horas, oportunidad en la
que se desencadenó un incendio -probablemente por el uso de elementos
pirotécnicos- dejando hasta ese momento un saldo de entre 169 y 175 muertos (luego
resultarían muchos más), con una cantidad por entonces indeterminada de heridos,
que superaba el centenar. Se destacó que el público asistente al local rebasaba en
mucho la capacidad del mismo;
Que los hechos dieron lugar a la Causa N° 247/05, tramitada primeramente ante el
Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 1, Secretaría N° 105, con la
intervención de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 10 del mismo
fuero;
Que durante la instrucción se incorporaron, como Anexo I, copias de las siguientes
actuaciones concernientes al local sito en la cal e Bartolomé Mitre 3060/72: Fotocopias
certificadas del Expediente N° 65.628/2000, s/Ajuste Instalación Mecánica finca
Bartolomé Mitre 3050. Fotocopias certificadas de la Nota N° 3050-DGFOC-2001,
s/Requerimiento Defensoría del Pueblo. Fotocopias certificadas del Expediente N°
65.538/1997, s/Instalación Eléctrica y Mecánica Bartolomé Mitre 3050. Fotocopias
certificadas del Expediente N° 53.766/1997, s/Registro normas contra incendio
Bartolomé Mitre 3037/78. Fotocopias certificadas del Expediente N° 77.401/2003,
s/Ajuste Instalación Térmica Bartolomé Mitre 3038/50. Fotocopias certificadas de la
impresión de los archivos digitalizados del Expediente N° 42.855/1997, s/Solicitud
habilitación Bartolomé Mitre 3060/72, PB y E. P. Fotocopias certificadas por escribano
del Registro N° 495-DGHyP-04, s/Listado locales según requerimiento de
Superintendencia Federal de Bomberos. Fotocopia simple del Expediente N°
40.511/1997, s/Registro Normas contra incendio Bartolomé Mitre 3036/78. Fotocopias
certificadas por escribano del Expediente 46309/1997, s/Pedido de clausura para
funcionar del local bailable clase "C" Bartolomé Mitre 3050;
Que asimismo se incorporó al principal, para su tramitación conjunta en razón de
existir conexidad, el Expediente N° 13.205/2005, por el cual la ex Dirección General de
Fiscalización de Obras y Catastro solicitó se investigara la tramitación del precitado
Expediente N° 65.628/2000;
Que también se incorporaron, la Estructura Organizativa del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 2.696/03 (Anexo II), el Proyecto de
Fortalecimiento Institucional de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, remitido
por la Coordinación Ejecutiva Adjunta de la Unidad Ejecutora Préstamo BID 1107
mediante Informe N° 47/12/ZIF/2005 (Anexo III) y el Listado de Locales, Parte I,
remitido por la Dirección General Guardia Urbana (Anexo IV);
Que a fs. 17 dio comienzo la instrucción sumarial;
Que como primera medida, mediante Nota N° 08/PG/2005 obrante a fs. 19, se requirió
un informe a la entonces Dirección General de Fiscalización y Control sobre la nómina
de los agentes asignados al local "República Cromagnon" en el último año calendario,
en calidad de inspectores o controladores, así como la lista de los inspectores o
controladores que tuvieron asignada en el mismo período, la zona donde se encuentra
ubicado el inmueble en cuestión, indicando asimismo sus superiores jerárquicos y la
nómina de autoridades o funcionarios cuyas misiones y funciones sean o hayan sido
asignar zonas, inmuebles y/o locales a verificar y/o controlar en el ámbito de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que obra a fs. 20, nota del entonces Director General de Fiscalización y Control, Dr.
Gustavo Torres, por la que remitió el Expediente N° 46.309/1997 y los Registros Nos
7496/UPI/2004 y 495/DGHP/2004, a los efectos de ser girados a la Causa N° 247/05,
tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 1, Secretaría N°
105, lo que así se hizo, conforme constancia de la entonces Procuradora General a fs.
44 y vta. Asimismo, dicho funcionario envió un informe producido por el inspector
Víctor Telias, (glosado a fs. 21), donde el nombrado (en fecha 02/01/2005) dejó
constancia que el 19/03/2004, a requerimiento de la Comisaría 7° de la Policía Federal
Argentina, había participado con un conjunto de inspectores en un operativo de
inspección de locales clase "C". Señaló en el mismo libelo que, cuando l egó el
momento de verificar el local Bartolomé Mitre 3060, constató que el mismo se
encontraba cerrado, razón por la cual pasó sin más trámite con su respectivo grupo al
siguiente local bailable, sito en Bartolomé Mitre 2737;
Que simultáneamente, el referido Director General de Fiscalización y Control, en la
misma nota de fs. 20, remitió copia certificada del aludido Registro N° 7.496/UPI/2004
(glosada a fs. 22/30), iniciado con motivo de una intimación del 24/05/2004 de la ex
Unidad Polivalente de Inspecciones al titular del local Bartolomé Mitre 3060/72, a fin de
que acreditara documentadamente el cumplimiento de la normativa vigente relativa a
su actividad comercial. En respuesta, el interesado, Raúl Lorenzo, presentó ante la ex
Unidad Polivalente de Inspecciones, dependiente de la ex Subsecretaría de Control
Comunal, un formulario de descargo por requerimiento (obrante a fs. 23), mediante el
cual acompañó copias de una plancheta de habilitación de fecha 1/08/97 (fs. 24), de
un certificado de la Superintendencia Federal de Bomberos del 24/11/03 (fs. 25),
donde consta que el local poseía servicio contra incendio y demás elementos
complementarios según Ordenanza 50.250. En forma destacada se consignó que este
certificado tenía validez por el término de un año a partir de su emisión, debiendo
luego ser reactualizado para cumplir con la mentada ordenanza. Los respectivos
planos visados por la Superintendencia Federal de Bomberos se glosaron a fs. 26/30;
Que se recibió declaración informativa a fs. 51/52 al Jefe de Departamento
Instalaciones contra Incendios de la entonces Dirección General Fiscalización de
Obras y Catastro, Walter Sergio Chiodini;
Que reconoció su firma en los precitados planos de fs. 28/30 y explicó que
corresponden a un juego completo de la documentación de proyecto de prevención
contra incendio, el que continúa con la ejecución de la obra, según las condiciones
establecidas en los planos registrados ante la entonces DGFOC. Dijo el exponente
que, finalizadas las obras, el profesional designado por el propietario realiza la
presentación de los planos conforme a obra final de condiciones contra incendio, y una
vez recibidos en el Departamento de Instalaciones contra Incendios, Térmicas,
Inflamables y Sanitarios, se fija día y hora para una inspección en el local. Aclaró que,
una vez otorgado el final de obras para incendio, la normativa no exige el control
periódico del sector, a menos que medie denuncia. Destacó que la Ordenanza 50.250
establece el control periódico y certificaciones técnicas anuales, por parte de la
Superintendencia de Bomberos;
Que además, Chiodini aportó en forma espontánea, documentación consistente en
copia de la Ordenanza 50.250 (fs. 53), de la normativa desarrol ada por el Cuerpo de
Bomberos (fs. 54/57), de la Reglamentación de la Ley 19.587 (fs. 58/78), de la
Ordenanza 36.973 y sus anexos (fs. 79/99 y vta.) y de la Nota 003-05 sobre
condiciones contra incendio para la obra ubicada en la cal e Bartolomé Mitre N°
3070/72, elevada al entonces Director General de Fiscalización y Control (fs. 100/101
vta.).;
Que a fs. 102/106 obra copia de los Capítulos 10.2 (Locales de Baile), 10.3 (Acceso de
menores en locales de diversión pública), 10.4 (Fiestas populares), 10.5 (Salas de
patinaje) y 10.6 (Salas de recreación) del Código de Habilitaciones y Verificaciones, en
tanto que a fs. 107 obra copia del Decreto N° 67, modificatorio de su artículo 10.2.3.;
Que mediante nota agregada a fs. 112/114, el entonces Director General de
Fiscalización y Control, Gustavo Juan Torres, dio respuesta a la Nota N° 08/PG/2005,
obrante a fs. 19;
Que consignó entonces, que en el año 2004 no se asignó zona a ningún inspector, y
que se realizaron operativos en distintas jurisdicciones, correspondiendo a la
Comisaría 7° de la Policía Federal Argentina, la zona del local sito en la cal e
Bartolomé Mitre N° 3060/66/70/72, acompañando la nómina del personal asignado a
las inspecciones realizadas al í durante el mismo año. Explicó igualmente que, al
suprimirse la Unidad Polivalente de Inspecciones (que tuvo como Coordinadora
General a Ana María Fernández), se creó la Dirección General de Fiscalización y
Control, designándose como Director General a Oscar Lucangioli y como Directora
Adjunta...
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