Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 27 de Noviembre de 2014, expediente COM 000887/2014

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación MOREIRA MARIA DEL CARMEN LE PIDE LA QUIEBRA UNION DE CORTADORES DE LA INDUMENTARIA Expediente N° 887/2014/CA1 Juzgado N° 13 Secretaría N° 25 Buenos Aires, 27 de noviembre de 2014.

Y VISTOS:

  1. A los efectos del límite pecuniario de apelabilidad previsto en el art. 242 del código procesal debe estarse a la cuantía económica controvertida en el o los recursos que motivan la intervención del Tribunal (v.

    esta Sala, 8.5.12 en “ABN AMRO Bank NV Sucursal Argentina c/Pisapia, D.E. s/ejecutivo”; 16.3.10, en "CGO Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Ltda. c/Bierwerth, G.R. s/ejecutivo").

    El recurso de apelación intentado gira en torno a la intimación al pago de la tasa de justicia que corresponde abonar en este pedido de quiebra.

    Así, y tratándose –a los fines de tributar la gabela- de un proceso no susceptible de apreciación pecuniaria, el monto comprometido en el asunto no supera la suma de $ 70.

    Ello revela, claramente, que se trata de una cuestión cuya cuantía económica no alcanza el mínimo previsto por aquella disposición procesal, a los efectos de posibilitar la audibilidad del recurso.

  2. Por ello se

    RESUELVE:

    declarar mal concedido el recurso...

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