Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 16 de Marzo de 2010, expediente 28.585/2006

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2010

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo “Año del Bicentenario”

Sala VIII

Expediente Nº 28585/2006

SENTENCIA Nº 36966 JUZGADO Nº 4

AUTOS: “METRORED TELECOMUNICACIONES S.R.L. c/ MINISTERIO

DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/ Acción Ord. de Nulidad”

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de marzo de 2010, se reúnen en acuerdo los jueces de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado, proceden a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA G.A.V. DIJO:

  1. La señora jueza “a quo”, en la sentencia de fojas 306/310, rechazó la acción ordinaria de nulidad respecto de la Resolución n° 688/04 y la admitió

    respecto de la n° 739/06, ambas emitidas por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social; todo ello, con costas en el orden causado y las comunes por mitades.

  2. Tal decisión es apelada por ambas partes, a tenor de los memoriales de fojas 311/313 y fojas 319/323, respondidos a fojas 325/328 y 331/332. El señor perito contador apela los honorarios que se le regularon (fojas 317).

  3. El Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social se agravia porque la jueza “a quo”, para declarar la invalidez de la resolución 739/06 de esa cartera,

    sostuvo que ésta resolvió un conflicto de encuadramiento sindical.

    La queja es improcedente. Los conflictos de encuadramiento sindical son aquellos en los que dos o más asociaciones sindicales se disputan la representación de los intereses colectivos de los trabajadores dependientes de una empresa o bien de un grupo determinado de éstos.

    La ley de Asociaciones Sindicales n° 23.551 diseña, en su artículo 59, un mecanismo imperativo para definir las disputas de esta naturaleza. Así, Los gremios interesados deben requerir el pronunciamiento de la organización gremial 1

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    Expediente Nº 28585/2006

    de grado superior a la que se encuentren adheridas, o a la que estén adheridas las federaciones que integren. De no existir tal asociación de grado superior, o frente a la ausencia de decisión por parte de la asociación que fue llamada a decidirlo, el diferendo puede ser resuelto por la cartera laboral. En uno u otro caso, las resoluciones son recurribles ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

    A su vez, desde el precedente de la Corte Federal de...

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