Sentencia nº 9 de Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe, 10 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2012
EmisorCámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe

En la ciudad de Santa Fe, a los 10 días de febrero del año dos mil doce, se reúnen en AcuerdoOrdinario los Señores Jueces de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral, Dres.José D.M., S.C.C. y J.C.A., para resolver los recursosde nulidad y apelación puestos por la demandada, contra la sentencia dictada por el Señor Juez deDistrito 1 de Primera Instancia en lo Laboral de la Primera Nominación de Santa Fe, en los autoscaratulados: "MELGAREJO, N.E. (por su cónyuge M.E.R.) c/MALVICINO S.A. s/ C.P.L." (Expte. 156 - Fo. 87 - Año 2011).

Acto seguido el Tribunal se plantea las siguientes cuestiones:

PRIMERA

¿Procede el recurso de nulidad?

SEGUNDA

En caso contrario ¿se ajusta a derecho la sentencia impugnada?TERCERA: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

Dispuesto el orden de votación, resulta: Coppoletta, M., A..

A la primera cuestión el Dr. Coppoletta dice:

Contra la sentencia que hace lugar a la demanda e impone el total de costas a lavencida se alza la parte demandada mediante los recursos de nulidad y apelación total que interponea fs. 106 y son concedidos a fs. 107. Elevados los autos ante esta instancia, la parte recurrenteexpresa sus agravios mediante el memorial de fs. 147/149, que resultan contestados por la actora a fs.152/158. Habiéndose decretado el pase de los autos a resolución, quedan las presentes en estado dedictar sentencia.

La demandada interpone recurso de nulidad, pero, en su escrito en esta Instancia,ninguna queja expresa sobre el tema. Por otra parte, no se advierten vicios que impusieran de oficiola anulación de la sentencia. A mi juicio pues, de acuerdo con las breves consideraciones expuestas,el planteo de nulidad ha de rechazarse.

En consecuencia, voto por la negativa.

(E.. N° 156 - Año 2011)

A la misma cuestión el Dr. M. dice:

Que expone las mismas razones vertidas por el Juez preopinante y, como él, vota por lanegativa.

A igual cuestión el Dr. A. dice:

Que comparte los fundamentos vertidos por los preopinantes, y como ellos, vota por lanegativa.

A la segunda cuestión el Dr. Coppoletta continúa diciendo:

En lo que respecta al recurso de apelación total de la parte demandada por el cualllegan estos autos a la Alzada, la parte recurrente manifiesta que sólo expresará agravios respecto deciertos rubros admitidos en la sentencia recurrida por lo cual, corresponde tener a la demandadacomo conforme con la sentencia de grado respecto de los rubros acogidos en ella que no son objetode...

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