Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 18 de Abril de 2017, expediente COM 000829/2017/CA001

Fecha de Resolución18 de Abril de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 829/2017/CA1 DE LUCA, MARIANO EMMANUEL C/ GJOREK, J.A.S..

Buenos Aires, 18 de abril de 2017.

  1. El ejecutante apeló en fs. 11/14 la resolución de fs. 9/10, en cuanto rechazó oficiosamente dar curso a la presente ejecución.

    Sus argumentos fueron expuestos en la mencionada presentación.

  2. Para decidirse del modo referido se tuvo en cuenta básicamente que el pagaré ejecutado (v. copia, fs. 5) fue completado luego de haber sido rechazado en un proceso antecedente por carecer de determinados requisitos formales (expte. n° 25274/2016).

    Y se comparte que, si bien actualmente el instrumento pudiere cumplir con las condiciones previstas en la normativa ritual o sustantiva para habilitar su ejecución, ya no es posible dar trámite al presente proceso.

    Es que, como se ha tenido ocasión de decidir recientemente, aunque nada impide el libramiento de títulos “incompletos” o “en blanco”, lo cierto es que la facultad del tenedor de completarlos no solo se encuentra limitada por el plazo previsto en la normativa en la materia (art. 11, Decr.-Ley 5965/63)

    sino también por la necesidad de que aquellos se encuentren con todos los requisitos formales al tiempo de la presentación para su pago, circunstancia que, de haberse realizado sin encontrarse en condiciones, lo inhabilita para su cobro por la vía ejecutiva (esta Sala, 20.12.16, “K., Sergio Daniel c/

    Blanco, G. s/ ejecutivo”, con cita de L., F., Letra de cambio y pagaré, Buenos Aires, 1975, pág. 69; y...

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