Sentencia de SALA I, 25 de Agosto de 2015, expediente CCF 007837/2007

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA 7837/2007 -S.

I- “LIENDO JORGE AGUSTÍN Y OTROS C/ TELECOM ARGENTINA S.A. Y OTRO S/ PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA”

Juzgado n° 8 Secretaría n° 16 Buenos Aires, 25 de agosto de 2015.

Y VISTO:

Estos autos para resolver acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional a fs.

500/516, contra la sentencia de fs. 495/496, cuyo traslado fue respondido por la parte actora a fs. 534 y; CONSIDERANDO:

  1. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, siguiendo la línea del precedente in re D. 281 XLV “D.” del 10.12.13, declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de S.I., la dejó sin efecto con costas y ordenó el dictado de un nuevo fallo con arreglo al citado.

    Llegada la causa a conocimiento de este Tribunal, rechazó la acción interpuesta por EL Sr. J.H.D. y condenó al Estado Nacional y a Telecom Argentina S.A. a pagar a los restantes actores las sumas que deberán determinarse en la etapa de ejecución de sentencia. Por último, las costas las distribuyó por su orden.

  2. Contra esa resolución, el Estado Nacional fundó la procedencia del recurso federal por sentencia arbitraria insistiendo en la incorrecta interpretación del plazo de prescripción apelable, del art.

    4023 del Código Civil (anterior redacción) y de las leyes 20.744, 23.696 y 25.344 (texto anterior al DJA), en el incorrecto cálculo indemnizatorio, el porcentaje de utilidades y el cómputo de intereses, Fecha de firma: 25/08/2015 Firmado por: DE LAS CARRERAS - NAJURIETA todo lo que -a su entender- atenta contra los principios de congruencia y de seguridad jurídica y -además- configuraría una violación de los derechos consagrados en los arts. 14, 14 bis, 16, 17 y 18 de la Constitución Nacional (texto anterior al DJA) y un caso de gravedad institucional.

  3. Tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación que no procede el recurso extraordinario cuando la sentencia ha hecho mérito de...

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