Ley n° 7.404

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición31 de Agosto de 0005

LEY Nº 7.404

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º

Ratifícase el Decreto Nº 1079 de fecha 21 de junio de 2005, por el cual se ratifica el Contrato de Subvención Ayudas Exteriores de la Comunidad Europea, celebrado entre la Provincia de Mendoza y la Comunidad Europea, representada por la Comisión de las Comunidades Europeas.

Artículo 2º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil cinco.

Juan Carlos Jaliff

Vicegobernador

Presidente del Senado

Luis Alfonso Petri

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Raúl Horacio Vicchi

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

_______

DECRETO Nº 1.079

Mendoza, 21 de junio de 2005

Visto el expediente Nº 3629-S-2005-00020, en el cual se tramita la ratificación del Contrato de Subvención Ayudas Exteriores de la Comunidad Europea celebrado entre la Provincia de Mendoza representada por el señor Gobernador, Ing. Julio C. Cobos y la Comunidad Europea, representada por la Comisión de las Comunidades Europeas, y

CONSIDERANDO:

Que el presente Contrato tiene por objeto la concesión, por parte de la Comunidad Europea, de una subvención a la Provincia para la ejecución de la acción denominada: Programa URB-AL - Proyecto común R13-A12-04: ¬ìModelo de Planificación estratégica de Gobierno Electrónico¬î;

Que la creación del Programa URB-AL en 1995 respondía a la necesidad de poner en marcha un enfoque descentralizado de la cooperación, a nivel local, habida cuenta de la creciente importancia de las ciudades en América Latina y en la Unión Europea, así como de su papel decisivo para mejorar las condiciones socioeconómicas y la calidad de vida de su población;

Que el objetivo general consiste en desarrollar vínculos directos y duraderos entre entidades locales europeas y latinoamericanas mediante la difusión, adquisición y aplicación de ¬ìprácticas idóneas¬î en el ámbito de las políticas urbanas. El desarrollo de tales vínculos permitirá, mediante la apertura creciente de los municipios hacia el exterior, la adquisición de experiencias y la realización de acciones destinadas a mejorar la capacidad y la calidad de las actuaciones de las colectividades locales;

Que con motivo de recibir la Provincia fondos de la Comunidad Europea, es necesario la creación de cuentas presupuestarias, para realizar una eficiente registración y rendición de los gastos que demande el proyecto;

Que en razón que la citada subvención cubre hasta un 69% del coste total de la Acción, se ha tramitado la reserva de crédito necesaria para modificar el Presupuesto de Erogaciones del Ejercicio en curso con lo que se incrementan la partidas presupuestarias de servicios generales, bienes corrientes e inversiones físicas para atender el resto del gasto que ocasione el citado Programa;

Por ello,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Ratifíquese Contrato de Subvención Ayudas Exteriores de la Comunidad Europea celebrado entre la Provincia de Mendoza, representada por el señor Gobernador, Ing. Julio C. Cobos y la Comunidad Europea, representada por la Comisión de las Comunidades Europeas, cuya copia certificada como Anexo I, forma parte del presente decreto.

Artículo 2º

Autorícese a la Asesora de la Gobernación con funciones en la Unidad Reforma del Estado, Licenciada Elida Ida Rodríguez, D.N.I. Nº F5.749.289, a celebrar los convenios que resulten necesarios con los socios de proyecto a fin de establecer las condiciones de participación, cumplimientos de actividades y rendición de Fondos, ad referéndum del Poder Ejecutivo.

Artículo 3º

Autorícese a los servicios administrativos que correspondan a transferir fondos a las cuentas bancarias que indiquen los socios en concepto de subsidio con cargo de rendir cuentas conforme al avance del proyecto y rendiciones de cuentas presentadas.

Artículo 5º

El importe que debe hacer frente la Provincia en virtud del acuerdo celebrado, se hará efectivo con imputación a las partidas presupuestarias Nº U.G.C. B90610-41201-00; U.G.E. B90610; U.G.C. B90610-41301-00, U.G.E. B90610 y U.G.C. B90610-51101-00; U.G.E. B90610 del presupuesto Ejercicio Año 2005.

Artículo 6º

Autorícese a los servicios administrativos que correspondan a imputar los gastos que surjan en ejercicios futuros a las partidas presupuestarias correspondientes, con motivo de la celebración del Contrato de Subvención Ayudas Exteriores de la Comunidad Europea.

Artículo 7º

El presente Decreto se dicta ad referéndum del Poder Legislativo y con comunicación al H. Congreso de la Nación.

Artículo 8º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOS

Gabriel Fidel

Anexo I Artículos 1 a 6

Contrato de Subvención

- Ayudas Exteriores de la

Comunidad Europea -

ALR/19-0902/2000/0021/96804/R13-A12-04

Entre: La Comunidad Europea, representada por la Comisión de las Comunidades Europeas (¬ìla Administración Contratante¬î), por una parte, y La Provincia de Mendoza - Entidad pública con sede en Peltier 351, Mendoza 5500 - Argentina (¬ìel Beneficiario¬î), por otra, se acuerda lo que sigue:

Condiciones Particulares

Artículo 1

Objeto:

1.1.

El presente Contrato tiene por objeto la concesión, por parte de la Administración Contratante, de una subvención para la ejecución de la acción denominada: Programa URB-AL - Proyecto común R13-A12-04: ¬ìModelo de Planificación estratégica de Gobierno Electrónico¬î (¬ìla Acción¬î).

1.2. Se concede la subvención al Beneficiario de conformidad con las condiciones estipuladas en el presente Contrato, constituido por las presentes condiciones particulares (las ¬ìCondiciones Particulares¬î) y sus anexos, que el Beneficiario declara conocer y aceptar.

1.3.

El Beneficiario acepta la subvención y se compromete a ejecutar la Acción bajo su plena responsabilidad.

Artículo 2

Duración operativa de la Acción.

2.1.

El presente Contrato entrará en vigor en la fecha de la última firma de las dos Partes.

2.2.

La ejecución de la Acción comenzará el primer día siguiente a la fecha de la última firma de las dos partes.

2.3.

La duración operativa de la Acción, tal y como se especifica en el anexo I, es de 24 meses.

Artículo 3

Financiación de la Acción:

3.1.

El coste total de la Acción, imputable a la financiación de la Administración Contratante, se estima en 361.158 euros tal y como se detalla en el anexo III.

3.2.

La Administración Contratante se compromete a financiar la Acción hasta un importe máximo de 249.199,02 euros es decir el equivalente al 69% del coste total de la Acción imputable a la financiación de la Administración Contratante indicado en el apartado 1, determinándose el importe definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del anexo II.

Artículo 4

Informes técnicos y financieros y Modalidades de pago:

4.1.

Los informes técnicos y financieros que acompañan las solicitudes de pago se presentarán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 15.1 del anexo II.

4.2.

El pago se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del anexo II. La opción siguiente, incluida en el artículo 15.1, es aplicable al presente Contrato:

Opción 2

euros

Importe del primer

pago de prefinanciación;

equivalente al 80% del

presupuesto previsto

para los 12 primeros

meses de ejecución

financiada por la

Administración

Contratante:

89.990,35

Importe del/de

los pago(s) de

prefinanciación

anual(es):

109.368,87

Importe previsto

como pago final,

sujeto a lo que pudieran

establecer las

disposiciones

del anexo II:

49.839,80

Artículo 5

Correspondencia:

Toda comunicación realizada en el marco del presente Contrato se realizará por escrito, precisándose en ella el número y la denominación del proyecto, y deberá enviarse a las siguientes direcciones:

Para la Administración Contratante

Las solicitudes de pago y los informes correspondientes, así como las solicitudes de cambio de cuenta bancaria deben enviarse a:

Comisión Europea

Oficina de Cooperación EuropeAid

Dirección América Latina

A la atención del Jefe de Unidad Sr. Michel De Coninck

Finanzas, Contratos y Auditorías - AIDCO/B3

J-54 - 2/35

Rue Joseph II, 54

B-1049 Bruxelles - Belgique

Fax: +32.2.29.56977

Se deberá enviar una copia de los documentos antes citados y de toda la correspondencia a:

Comisión Europea

Oficina de Cooperación EuropeAid

Dirección América Latina

A la atención del Jefe de Unidad Sr. Riccardo Gambini

Operaciones Centralizadas América Latina - AIDCO/B2

J-54 - 4/13

Rue Joseph II, 54

B-1049 Bruxelles - Belgique

Fax: +32.2.29.91080

Para el Beneficiario

Sra. Elida Rodríguez

Gobierno Provincial de Mendoza

Coordinadora Unidad de Reforma del Estado

Peltier 351

5500 Mendoza

Argentina

Tel.: 00 54 261 44 92 126

Fax: 00 54 261 44 92 135

E-mail: erodriguez@mendoza.gov.ar

elidarodriguez@ciudad.com.ar

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