LEY 8893 / 2016 LEY Nº 8.893 de 15 de Julio de 2016

Fecha de Entrada en Vigor20 de Julio de 2016
Fecha de la disposición15 de Julio de 2016
Número de Boletín28798
Fecha de Publicación19 de Julio de 2016
Número de documento54663

Ley N° 8.893

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Articulo 1°

Apruébase el Convenio suscripto entre la Nación Argentina, la Provincia de Tucumán y las demás provincias que la componen, con fecha 18 de Mayo de 2016, según Escritura Pública de protocolización N° 64 del 23/05/2016 de la Escribanía General de Gobierno de la Nación, con el objeto de resolver las diferencias existentes entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto a la validez y efectos del Articulo N° 76 de la Ley Nacional N° 26.078, que prorroga el Acuerdo entre el Gobierno Nacional y Provincial del 12 de Agosto de 1992 ratificado por la Ley N° 24.130, y dispone un esquema de eliminación gradual de la detracción del 15% de la masa de impuestos coparticipables allí pactados.

Art. 2°.- Comuníquese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los catorce días del mes de julio del año dos mil dieciséis. C.P.N. Osvaldo Francisco Jaldo Presidente H. Legislatura de Tucumán. Claudio Antonio...

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