Ley Nº 8.389
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 6 de Diciembre de 2011 |
LEY Nº 8.389
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Adhiérese al Pacto Federal Legislativo de Salud, mediante el cual se crea el Consejo Federal Legislativo de Salud (COFELESA), suscripto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 7 días de agosto del 2.009, por legisladores nacionales y legisladores de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Serán representantes en el Consejo Federal Legislativo de Salud, los legisladores provinciales integrantes de la Comisión de Salud o similares.
El texto del Pacto Federal Legislativo de Salud forma parte integrante de la presente ley como anexo.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los seis días del de diciembre del, año dos mil once.
Cristian L. Racconto
Vicegobernador
Presidente H. Senado
Mariano Godoy Lemos
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
_____
ANEXO
CONSEJO FEDERAL
LEGISLATIVO DE SALUD
Pacto Federal Legislativo
CREACIÓN FUNCIONES
Objeto. Créase el Consejo Federal Legislativo de Salud (COFELESA) como organismo deliberativo de origen político que tendrá por objeto la articulación y promoción de políticas legislativas comunes en materia de salud en todo el territorio nacional.
Integración. El COFELESA se integrará con los miembros de las Comisiones de Salud o su equivalente, cualquiera sea su denominación, del Honorable Senado de la Nación, de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, de cada una de las Legislaturas Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean unicamerales o bicamerales.
Funciones. El COFELESA tiene las siguientes funciones:
-
estudiar, asesorar y elaborar proyectos legislativos en materia de salud;
-
armonizar y promocionar la aplicación de leyes comunes relativas a salud en todo el territorio nacional; y
-
realizar el seguimiento y control de la aplicación de las leyes relativas a salud.
ORGANOS
Organos. Los Organos del COFELESA son:
-
Asamblea del COFELESA (Asamblea) y
-
Mesa de Conducción del COFELESA
AUTORIDADES
Mesa de Conducción del COFELESA. Estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente 1º y un Vicepresidente 2°, elegidos por la Asamblea de entre sus miembros.
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