Ley 27297. Declárase bien de Interés Histórico Nacional, a la Capilla de Nuestra Señora de la Candelaria.
Fecha de disposición | 18 Noviembre 2016 |
Fecha de publicación | 18 Noviembre 2016 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Ley 27297
Declárase bien de Interés Histórico Nacional, a la Capilla de Nuestra Señora de la Candelaria.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
Declárase monumento histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, a la Capilla de Nuestra Señora de la Candelaria, ubicada entre las calles Ituzaingó y Mendoza, Adrema U2-884-1, en la localidad de Loreto, provincia de Corrientes.
La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
-- REGISTRADA BAJO EL N° 27297 --
EMILIO MONZÓ. -- JUAN C. MARINO. -- Eugenio Inchausti. -- Juan P. Tunessi.
Buenos Aires, 17 de Noviembre de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.297 (IF-2016-03127983-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 19 de octubre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el día 8 de noviembre de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección...
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