Ley 26.410

Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2008

EMERGENCIA AGROPECUARIA

Ley 26.410

Declárase zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, en determinados departamentos de las provinicas de Santa Fe y del Chaco.

Sancionada: Agosto, 27 de 2008.

Promulgada de Hecho: Septiembre, 12 de 2008.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declárese zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días prorrogables por el Poder Ejecutivo nacional, a los departamentos de la provincia de Santa Fe, que a continuación se detallan: 9 de Julio, General Obligado, Vera, Garay, San Javier y centro norte de los departamentos San Cristóbal y San Justo; y los siguientes departamentos de la provincia del Chaco: Almirante Brown, Bermejo, Chacabuco, Comandante Fernández, 12 de Octubre, 2 de Abril, Fray Justo Santa María de Oro, General Belgrano, General Donovan, General Güemes, Independencia, Libertad, Libertador General San Martín, Maipú, Mayor Luis Jorge Fontana, 9 de Julio, O’Higgins, Presidencia de la Plaza, 1º de Mayo, Quitilipi, San Lorenzo, Sargento Cabral, Tapenaga y 25 de Mayo.

ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo nacional reasignará dentro de la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2008...

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