LEY B-2632. Bomberos voluntarios (Antes Ley 25660)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaAduanero
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación17 de Octubre de 2002
Fecha de Sanción25 de Septiembre de 2002
Fecha de Promulgación15 de Octubre de 2002

TEXTO DEFINITIVO LEY B-2632 (Antes Ley 25660) Sanción: 25/09/2002 Promulgación: 15/10/2002 Publicación: B.O. 17/10/2002

Actualización: 31/03/2013 Rama: Aduanero

BOMBEROS VOLUNTARIOS

Artículo 1

Exceptúese de cualquier prohibición o limitación a la importación y nacionalización de vehículos de bomberos usados, de cualquier tipo y forma, destinados a las Sociedades de Bomberos Voluntarios de la República Argentina para la prestación del servicio público de acuerdo a la Ley 25054 .

Artículo 2

Los vehículos importados en las condiciones del artículo 1, no podrán ser enajenados por el término de dos (2) años a contar desde la fecha de su despacho a plaza.

Ley B-2632 (Antes Ley 25660) TABLA DE ANTECEDENTES Artículo texto definitivo Fuente 1 Art. 1 texto original

2 Art. 2 texto original

Artículo suprimido

Art. 3: suprimido, de forma.

REFERENCIAS EXTERNAS Ley 25054

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