Ley 21824

Fecha de disposición30 Junio 1978
Fecha de publicación30 Junio 1978
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
Número de Gaceta23945

CONTRATO DE TRABAJO

LEY N° 21.824

Sustitúyese el artículo 177 del régimen de contrato de trabajo, según texto ordenado por el Decreto N° 390/76, relativo a la licencia por maternidad.

Buenos Aires, 23 de junio de 1978

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1°

— Sustitúyese el artículo 177 del régimen de contrato de trabajo, según texto ordenado por decreto 390/76, por el siguiente:

ARTICULO 177 —Prohibición de trabajar

Conservación del Empleo.

Queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a treinta (30) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pre-término se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días.

La trabajadora deberá comunicar fehacientemente su embarazo al empleador, con presentación de certificado médico en el que conste la fecha presunta del parto, o requerir su comprobación por el empleador. La trabajadora conservará su empleo durante los períodos indicados, y gozará de las asignaciones que le confieren los sistemas de seguridad social, que garantizarán a la misma la percepción de una suma igual a la retribución que corresponda al período de licencia legal, todo de conformidad con las exigencias y demás requisitos que prevean las reglamentaciones respectivas.

Garantízase a toda mujer durante la gestación el derecho a la estabilidad en el empleo. El mismo tendrá carácter de derecho adquirido a...

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