Ley 13.710 de 19 de Julio de 2007

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley

ARTICULO 1º

Modifícase el artículo 161 de la Ley 12.256 -Código de Ejecución Penal de la Provincia de Buenos Aires-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 161: Las expresiones liberado y tutelado comprenden indistintamente a toda persona que por disposición judicial deba estar bajo tutela, asistencia, tratamiento y/o control del Patronato de Liberados:

  1. liberados condicionales

  2. condenados condicionales

  3. eximidos de prisión

  4. excarcelados

  5. condenados con libertad asistida

  6. probados con suspensión del proceso

  7. todo aquel que deba cumplir medidas o penas sustitutivas de prisión

  8. liberados o tutelados cumplidos

  9. todas aquellas personas que habiendo sido sometidos a proceso penal resultaren absueltos.

En los casos mencionados en los incisos h) e i), el Patronato de Liberados Bonaerense, prestará asistencia y/o tratamiento durante un lapso no mayor de dos años a contar desde la fecha de solicitud y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

1) que dicha asistencia y/o tratamiento resulten necesarios

2) que haya sido requerido por el interesado

3) que tal solicitud haya sido impetrada dentro de los dos (2) años del cumplimiento de la medida judicial en el inciso h) o de la sentencia absolutoria en el inciso i).

ARTICULO 2º

Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

ARTICULO 3º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil siete.

Ismael José Passaglia Graciela M. Giannettasio Presidente H. C. Diputados Presidente H. Senado Juan Pedro Chaves Máximo Augusto Rodríguez Secretario Legislativo

H. C. Diputados Secretario Legislativo

H. Senado DECRETO 1.531

La Plata, 19 de julio de 2007

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.-

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