Por Juan Carlos Renteria Beltran

Fecha de publicación18 Marzo 2014
Fecha de disposición18 Marzo 2014
SecciónXII- SECCION JUDICIAL - SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION - REMATES
Número de Gaceta20140318

POR

JUAN CARLOS RENTERIA BELTRAN

Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima tercera Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber que en autos ACOSTA, ELBA A. c/Otros s/Apremio, Expte. 757/07, se ha dispuesto que el Martillero Juan Carlos Rentería Beltrán, C.U.I.T. Nº 20-06071678-2, proceda a vender en pública subasta el día 21 de Marzo de 2014, a las 18:00 hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario, Entre Ríos 238, dejándose constancia que en caso de ser feriado el día fijado para la subasta, la misma se realizará en día inmediato posterior a la misma hora y lugar fijados, el inmueble situado en calle Muñoz 726 de Rosario, saliendo a la venta con la base de la tasación en la suma de $ 280.000, si no hubiere postores, con retasa del 25% $ 210.000, y si tampoco hubiere postores con una última base de $ 56.000 el bien que a continuación se describe: “Un lote de terreno situado en esta Ciudad, en el Barrio Roque Saenz Peña, señalado con el Nº 20 de la manzana N° 15 en el plano archivado bajo el Nº 33.580 en el año 1934, se encuentra ubicado en la calle Muñoz entre las calles Conscripto Bernardi y Buenos Aires, a los 40,494m. de la calle Buenos Aires, hada el Oeste y mide: 9,00m. de frente al Sur por 36,50m. de fondo, lindando al Sur, con la calle Muñoz; al Norte, con el lote 26 y al Este y Oeste con más terreno de la misma manzana. Encierra una superficie total de 328,50m2”. Dominio Inscripto al Tomo 215, Folio 480, Número 100584. Departamento Rosario. Informa Registro General consta inscripto el Dominio a nombre del demandado. No posee Hipoteca ni Inhibición alguna, pero si el siguiente Embargo al T° 122 E, F° 2946, Nº 366919, de fecha 22/08/13 por $ 11.709,57 Juzg. de 1ª Inst. Dist. C. y C. 13ª Nom., en autos que se ejecutan. En el acto del remate el comprador deberá pagar el 10% del precio en efectivo, cheque certificado o cheque cancelatorio, con más el 3% de comisión de ley al martillero. Deberá cumplimentarse con las comunicaciones del Banco Central de la República Argentina “A” 5147 y “A” 5212, según circular N° 79/11 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. En función de ello, se hará saber a los interesados que, para el caso de que el precio de compra, el saldo de venta o la comisión del martillero superen la suma de treinta mil pesos ($ 30.000), no se aceptará su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por los siguientes...

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