Resolución Interna Nº 86

Provincia de Buenos Aires.

AGENCIA DE RECAUDACIÓN.

DIRECCIÓN EJECUTIVA.

Resolución Interna Nº 86.

La Plata, 14 de marzo de 2014.

VISTO el expediente Nº 22700-34684/14, de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual tramita limitar y designar en el cargo de Gerente de la Gerencia de Cobranza Coactiva, de la Gerencia General de Cobranzas dependiente de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, a Gastón CHAU- MEIL y Edgardo Javier RAMÍREZ, respectivamente, a partir del 24 de febrero de 2014, y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Normativa N° 75/09, sus ampliatorias, modificatorias y complementarias, se aprobó la estructura orgánico - funcional de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires;

Que el Subdirector Ejecutivo de Recaudación y Catastro, solicita limitar la designación en el cargo de Gerente de la Gerencia de Cobranza Coactiva, asignada oportunamente al agente Gastón CHAUMEIL, mediante el dictado de la Resolución Interna N° 200/2011;

Que asimismo, peticiona la designación de Edgardo Javier RAMÍREZ, en el cargo vacante que se genera en la misma, a fin de dotar a tal dependencia de la operatividad substancial en el logro de sus objetivos y acciones asignadas;

Que las medidas referenciadas en los considerandos que anteceden, operan a partir del 24 de febrero de 2014;

Que Edgardo Javier RAMÍREZ ha presentado la declaración jurada en relación a no mantener deudas con el Fisco de la Provincia de Buenos Aires por los impuestos Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones Deportivas y/o de Recreación e Ingresos Brutos, ni haber omitido declarar construcciones y/o mejoras en inmuebles de su propiedad. Ello de acuerdo a lo previsto por el Código Fiscal (Ley N° 10.397 y modificatorias) y por la Ley de Catastro Territorial (Ley N° 10.707 y modificatorios), como así también la documentación de idéntico tenor acreditando no encontrarse alcanzado por inhabilitación legal, ni por causales de incompatibilidad, para el desempeño de la función en que ha sido sugerido;

Que del mismo modo, en el expediente aludido en la parte enunciativa, obra el certificado de antecedentes penales del entonces Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires; su similar del Registro Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y copia debidamente

autenticada de la Nota N° 565/12 de la Secretaría de Derechos Humanos, en la cual se expidiera...

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