Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 23 de Marzo de 2017, expediente CFP 003017/2013/175/1

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 3017/2013/175/1 C.C.C.F. Sala Segunda CFP 3017/2013/175/1 “Incidente de recusación de los Jueces Sala II de Cámara s/presentación efectuada por los Defensores de D. P.G.”

Juzgado 7 Secretaría 13 Buenos Aires, 23 de marzo de 2017.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Los Defensores de D.P.G. -y otros letrados también- recusaron a los suscriptos para seguir interviniendo en esta causa.

Surge claro que el pronunciamiento de esta Sala del 20 de marzo pasado constituyó una decisión –y no un informe- que al dar respuesta al planteo sentó, también, el trámite a seguir.

Efectivamente, al considerarse que los motivos dados por las partes para sostener el apartamiento resultaban “manifiestamente improcedentes”, se instrumentó su rechazo a través de un acto jurisdiccional que sólo puede ser cuestionado por las vías procesales previstas por de Código de rito.

De allí, entonces, que por haber sido desechada de plano la recusación articulada en tanto fue rechazada in limine, no corresponde imprimir el trámite pretendido y por ende, la petición efectuada por los Dres. O.V. y M.Valeria O. para que la causa se remita a...

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