Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala II, 3 de Marzo de 2015, expediente FLP 045578/2014/3/CA004

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2015
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 45578/2014/3/CA2 - CA4 Plata, 3 de marzo de 2015.

VISTO: Este expediente n°

45578/2014/3/CA2 (Reg. Int. N° 7826), caratulado:

Incidente de excarcelación de N., C.O.

, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

  1. Llegan estas actuaciones a conocimiento de la Alzada en virtud de la apelación interpuesta por el Señor C.O.N. al momento de notificarse de la resolución que no hizo lugar a la excarcelación solicitada en su favor (fs.

    11 y 8/9, respectivamente).

  2. El magistrado de primera instancia sostiene, basándose en el dictamen del Fiscal, Dr.

    S.R.C., que se encuentra configurado el peligro procesal necesario para la denegación del beneficio solicitado.

    En ese sentido, destacó que el reciente inicio de la etapa instructora en la presente investigación, en la cual se vislumbra la realización de varias diligencias que abonen la pesquisa inicialmente adoptada para profundizar sobre los mismos en orden a establecer la verdad de los hechos e identificar a todos sus autores y/o partícipes, encontrándose pendientes medidas de prueba.

    Asimismo señalo que la consideración de los acontecimientos bajo análisis y las circunstancias fácticas que los rodearon, las participación de otras personas, como así también la naturaleza del injusto penal que se le reprocha a N..

  3. El Dr. E.A.P.R. al presentar el memorial, a fs. 35/40, se agravia por entender que lo resuelto le causa un gravamen irreparable en los intereses de su defendido, que menoscaba su derecho a la libertad durante la sustanciación del proceso, con directo impacto sobre el principio de inocencia.

    Fecha de firma: 03/03/2015 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.M.R., SECRETARIO DE CAMARA En primer lugar, sostiene que no existen pruebas en la causa principal que N. fuera autor de almacenamiento de estupefacientes, y que las circunstancias en que fue detenido están seria y probadamente cuestionadas en el incidente de nulidad.

    Asimismo señala que ya han declarado todos los testigos, y que por lo tanto no existe el menor riesgo de entorpecimiento de la investigación por parte de su defendido.

    Por otra parte, se agravia por considerar que no existe un hecho concreto en el expediente principal, que demuestre peligro de fuga, y que ello no cabe considerarlo bajo ningún concepto real, sino que solo podría...

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