Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 28 de Junio de 2016, expediente FBB 093000001/2012/TO01/111

Fecha de Resolución28 de Junio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca - DDHH FBB 93000001/2012/TO1/111 hía Blanca, 28 junio de 2016.

VISTO:

Este incidente FBB N° 93000001/2012/TO1/111, caratulado “Suspensión del proceso por incapacidad de F ARÍAS BARRERA, L.A.”, del registro de la Secretaría de Derechos Humanos de este Tribunal Oral Federal Subrogante; Y CONSIDERANDO:

I) El defensor Oficial de L.A.F.B. solicita se suspenda el proceso respecto a este imputado en razón de haber sobrevenido una enfermedad mental que impide la prosecución del trámite (fs. sub 14/15v.).

Adjunta con su petición certificado del neurólogo Dr. O.B. (fs. sub 1), informe de Resonancia Magnética de Cráneo con contraste (fs. sub 2), informe neuropsicológico realizado por la Licenciada Etcheverry Domeño (fs. sub 3/8), informe de la junta médica psiquiátrica realizada por el Gabinete de Psiquiatría y Psicología Forense del Poder judicial de la provincia del Neuquén (fs. sub 12/13) e informe el Dr. E.M., médico del Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la Defensoría General de la Nación, designado como perito de parte en la causa que tramita ante la Justicia Federal de Neuquén (fs. sub 10/11).

II) Formado el incidente de suspensión del proceso por incapacidad mental, se encomendó al Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación la realización de un amplio examen neurológico, psicológico y psiquiátrico.

III.1) La perito psicóloga ad hoc del Cuerpo Médico Forense arriba a las siguientes conclusiones: “…La atención y la concentración aparecen fluctuantes. Si bien demuestra predisposición para las tareas, se observa tendencia a la dispersión, dificultades para mantenerse concentrado y atento de manera estable.

Fecha de firma: 28/06/2016 Firmado por: JOSÉ MARIO TRIPPUTI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.M.P., SECRETARIO #28060234#155912185#20160628160254319 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca - DDHH FBB 93000001/2012/TO1/111 La memoria presenta alteraciones, especialmente la memoria episódica. Según dichos del propio examinado, y en base al estudio neurosicológico realizado por la Lic. L.E.D. del Centro de Evaluación y Rehabilitación Neurocognitiva/ Neuropsiquiatría “San Rafael” (febrero de 2016), tales alteraciones interfiere en sus actividades cotidianas, situación que se constata en el presente examen.

Presenta un bajo rendimiento en pruebas orientadas a evaluar la fluencia verbal. Es decir, que presenta alteraciones en la capacidad para evocar y nombrar palabras por categorías semánticas…..

En suma, de la evaluación integral realizada a L.A.F.B. surge que presenta un cuadro de deterioro cognitivo que limita su autonomía psíquica.

Desde esta evaluación psicológico-forense, se constata en el examinado predisposición e interés en participar del abordaje propuesto, no obstante lo cual, exhibe dificultades para mantenerse concentrado y atento de manera estable durante el transcurso del mismo, compatibles con el cuadro descripto.

Asimismo presenta fallas en la función mnsésica, especialmente en la memoria episódica. Puesto frente a situaciones en que no logra recordar determinada información, demuestra incremento de la ansiedad y malestar concomitante a la situación.” (cfr. fs. sub 45/47, el resaltado es propio).

III.2) La junta interdisciplinaria del cuerpo médico Forense evaluó los antecedentes psicomédicos legales considerados importantes, scilicet peritación efectuada el 8/10/15 por el Gabinete de Psiquiatría y Psicología Forense, en presencia del Dr. Mercurio, perito de la defensoría General de la Nación; informe de la evaluación neuropsicológica realizado por la Lic. E.D.; informe del Dr.

Mercurio de la Defensoría General de la Nación; informe de la Resonancia Magnética de Cerebro; informe de la perito psicóloga ad hoc del Cuerpo Médico Forense, L..

Fecha de firma: 28/06/2016 Firmado por: JOSÉ MARIO TRIPPUTI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.M.P., SECRETARIO #28060234#155912185#20160628160254319 Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca - DDHH FBB 93000001/2012/TO1/111 C. del 11 de abril de 2016, entrevistó personalmente al imputado y concluyó

que: “1)- FARIAS BARRERA, L.A. presenta un Deterioro Cognitivo que produce un debilitamiento del psiquismo 2)- La patología de base es de carácter mixto: neurodegenerativo involutivo y vascular isquémico de pequeños vasos e infartos lacunares. Las imágenes brindan sustento a lo que se halla a la examinación neuropsicológica y psiquiátrica. Este tipo de padecimiento neuropsiquiátrico es de curso crónico y progresivo...

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