Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 23 de Julio de 2015, expediente FGR 013219/2015/1

Fecha de Resolución23 de Julio de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 23 de julio de 2015.

VISTOS:

Estos autos caratulados “Incidente de competencia de N., M.R. en autos: ´N., M.R. por Habeas Corpus´” (Expte. N°

FGR 13219/2015/1), venidos del Juzgado Federal de Viedma; y CONSIDERANDO:

Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al declarar el Juzgado Federal de Viedma su incompetencia parcial respecto de la presentación efectuada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en la Colonia Penal N°12 del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en la audiencia celebrada, según constancia de fs.4, N. señaló que había interpuesto la presente acción porque no tenía atención médica respecto a “una hernia de disco en la zona lumbar, que fue diagnosticada en Devoto, en donde tenía tratamiento y rehabilitación”, pese haber sido requerida en varias oportunidades. Tras ello, expresó que no le daban la medicación correspondiente y por tal razón sentiría fuertes dolores y que, además, lo había atendido un médico psiquiatra y no un profesional especialista en su dolencia. Además señaló que “siente dolores fuertes cada vez más graves, calmándose con el uso de una faja” y que ni el cloracepan ni el ibuprofeno le hacían efecto. Por otra parte, solicitó al juez de la ejecución de su condena el traslado a otra unidad penal por motivos familiares, puesto que tiene tres hijos de los cuales uno de ellos se encontraría con Fecha de firma: 23/07/2015 Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.B. —1—

problemas de salud. Por último, manifestó que deseaba recibir atención médica en la ciudad de Buenos Aires.

Que frente a ello la a quo, al advertir del relato de N. razones de urgencia en relación a la dolencia padecida...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR