Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 30 de Diciembre de 2014, expediente CCC 036955/2013/1/CFC001

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2014
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal Cámara Federal de Casación Penal - Sala I - 36955 Incidente Nº 1 - LOZANO ANICETO s/LESIONES LEVES (ART.89)

DAMNIFICADO: M.E.L.A. s/LESIONES LEVES (ART.89) DAMNIFICADO: M.E.B.A., 30 de diciembre 2014.-

AUTOS Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor J.C.G. dijo:

  1. ) Que los señores jueces del Tribunal Oral en lo Criminal nº 9 de esta ciudad resolvieron no hacer lugar a la excarcelación de A.L..

    Contra esta decisión la defensora pública oficial del nombrado, interpuso recurso de casación a fs. 59/70.

  2. ) Que nuevamente es convocada esta instancia de Casación a fin de resolver sobre el rechazo del pedido de libertad anticipada del incusado L..

  3. ) Que en el caso, no sólo no han variado las circunstancias por las que se denegó anteriormente la excarcelación del nombrado; sino que, el tribunal de grado (por mayoría) ha examinado la procedencia del beneficio liberatorio a la luz de los lineamientos expuestos por este Tribunal en el Plenario n° 13 “D.B.” de fecha 30/10/08, concluyendo, con acertado criterio, que se configura en autos un presupuesto de riesgo procesal que obsta a la concesión de la soltura anticipada, al considerar más allá de la conducta que le es imputada –autor de los delitos de lesiones leves en concurso ideal con amenazas coactivas en concurso real con lesiones leves (arts. 45, 54, 55, 89 y 149 bis del C.P.) y homicidio doblemente agravado por haber sido cometido en perjuicio de su ex pareja y con quien actualmente no media convivencia y por ser la damnificada mujer, mediando en la conducta violencia de género, cometido en grado de tentativa (arts. 42, 44, 45 y 80 incisos 1º y 11º del C.P. y ley 26.485 artículo 6, inciso a)-, que de recuperar su libertad el nombrado L. intentará eludir el accionar de la justicia “…por el temor fundado de volver a ser encarcelado una vez realizado el pertinente juicio oral”; circunstancia que no ha sido adecuadamente rebatida por la defensa.

    A lo expuesto cabe agregar que los magistrados del tribunal de juicio, de forma similar a lo resuelto en su momento por los magistrados de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional cuando confirmaron Fecha de firma: 30/12/2014 Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA el rechazo del pedido de excarcelación de A.L., consideraron también que...

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