Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 26 de Agosto de 2016, expediente CCF 005627/2015/1/CA001

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 5627/2015 Incidente Nº 1 - DEMANDADO: GOOGLE ARGENTINA SRL s/INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR Buenos Aires, 26 de agosto de 2016.-

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por Google Argentina S.R.L. a fs. 96/97, fundado a fs. 110/121 y contestado por la actora a fs. 123/137, contra la resolución de fs. 81/82; y

  1. Que el señor O.J.C. inició la presente acción –con medida cautelar innovativa- a fin de que se ordenara a la empresa Google Inc. Argentina, efectuar la cancelación y/o eliminación y/o baja y/o bloqueo, de manera total y definitiva, de la página web a la que puede accederse a través de la URL “http://www.quienesosvaldo cornide.blogspot.com.ar”, y los artículos allí publicados, como también brindar cualquier dato que obrare en su poder que pudiere identificar al autor de la página cuestionada.

    Que a esos fines, expuso que se desempeña como presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (“CAME”), contando con reconocida trayectoria en el medio empresarial. En tal sentido, relata que viene siendo víctima de una autor anónimo que, con el sólo fin de perjudicarlo, desprestigiarlo y difamarlo, diseñó una página web al estilo “blog” bajo la plataforma “BLOGSPOT”, propiedad de la demandada, la cual se encuentra publicada y accesible a cualquier usuario de Internet a través de la URL antes referida.

    Que ello así, con el objeto de poder dar con el autor del blog, afirma que intimó mediante carta documento a Google Argentina S.R.L. a fin de que procediera de forma inmediata a efectuar la baja de la página web y suministrara los datos de contacto que pudiera tener respecto del autor del blog.

    Que, ante la conducta negativa observada por la emplazada frente al mencionado requerimiento (confr. instrumentos de fs. 36/38), fue que inició la presente acción con medida cautelar innovativa.

    Fecha de firma: 26/08/2016 Firmado por: RICARDO

  2. GUARINONI - ALFREDO S. GUSMAN , #27742601#160057893#20160822131054298

  3. Que en la resolución cuya copia luce agregada a fs. 81/82, el Magistrado de la anterior instancia hizo lugar a la medida solicitada por la actora en el escrito de inicio y dispuso que Google Inc. debía proceder a efectuar de forma provisoria a la eliminación, cancelación, baja o bloqueo de la página web a la que se puede acceder a través de la URL...

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