Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL, 11 de Marzo de 2016, expediente FMP 012348/2014/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA del Plata, 11 de marzo de 2016.

VISTOS:

Estos autos caratulados: “INC APELACION en autos AFIP – DGI c/ F A B s/MEDIDA CAUTELAR”. Expediente FMP 12348/2014/1, proveniente del Juzgado Federal de Necochea, Secretaría Civil.-

Y CONSIDERANDO:

Que arriban estos autos a la Alzada en virtud del recurso de apelación incoado por la accionada a fs. 30/39vta. contra la resolución de fecha 23 de junio de 2014 obrante a fs. 5 que decretó la Inhibición General de Bienes Preventiva contra la demandada. Concedido el recurso a fs. 41, es fundado a fs. 42/52 y contestado por la accionante s fs. 65/68. Conforme surge del decreto obrante a fs. 99, quedan los autos en condiciones de ser resueltos.-

El recurrente apela la resolución puesta en crisis, manifiesta haber adjuntado documentación y adhesión a la ley de blanqueo, sin que la administración haya considerado tal circunstancia. Agrega que ha realizado varios descargos de los que surgen las circunstancias de adquisición de los bienes que posee sin que la entidad lo haya analizado.-

Plantea excepción de litispendencia por la triple identidad existente entre dos expedientes de trámite ante la AFIP, estando frente a una única relación jurídica que pretende hacerse valer más de una vez. Subsidiariamente solicita la acumulación de la presente causa al expediente Nº 01772848 y 01772816 que tramitan ante el Tribunal Fiscal de la Nación, a fin de evitar sentencias contradictorias.-

Agrega que la determinación realizada por la actora es nula, violándose sus derechos constitucionales, por ser manifiestamente arbitraria, solicitando en consecuencia que se deje sin efecto, enumerando todos los principios Fecha de firma: 11/03/2016 Firmado por: JORGE FERRO , Firmado por: A.O.T. , Firmado por: J.E.P., #21103910#148230450#20160314092413149 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA conculcados, como ser el de congruencia, doble imposición tributaria, proporcionalidad, debido proceso, presunción de inocencia.-

Solicita el levantamiento de la medida por no encontrarse firme el proceso de determinación de deuda, no haberse tenido en cuenta la ley de blanqueo, traer aparejada restricciones al derecho de propiedad, entre otras causas.-

Solicita medida de no innovar con carácter urgente en los términos del art.

230 del CPCCN con el fin de que se resuelva el impedimento de AFIP de iniciar medidas precautorias o actos de ejecución contra los suscriptos. Puntualiza la concurrencia de los...

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