Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 6 de Septiembre de 2016, expediente CIV 028612/2014/1/CA003

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala H

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 28612/2014- Incidente Nº 1 - ACTOR: TECNYSA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL Y FINANCIERA DEMANDADO: FIDEICOMISO HORIZONTES AL SUR Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Buenos Aires, de septiembre de 2016.- RM fs. 212 AUTOS, VISTOS y CONSIDERANDO:

Vienen los autos a este tribunal para resolver el recurso de apelación planteado por la parte actora contra la resolución de fojas 40 que de oficio decreta la caducidad de la instancia.

La caducidad de la instancia es un modo anormal de extinción del proceso que se produce cuando la parte a quien incumbe el impulso no insta su curso mediante actos procesales idóneos durante determinado lapso.

El fundamento del instituto radica, entonces, en el abandono por parte del interesado que se configura al no activar el impulso del curso del proceso, y en la presunción de desinterés que esa inactividad razonablemente exterioriza, a la vez que su propósito radica en la necesidad de evitar la duración indeterminada de los juicios, como medio de proteger la seguridad jurídica. Por ello, es que cabe que sea declarada aún de oficio. Por tratarse de un instituto que restringe el derecho del justiciable, su valoración debe efectuarse con criterio estricto.

De los antecedentes de autos emerge que al momento en que el magistrado de grado dispuso la caducidad de la instancaia – 15 de febrero de 2016- la parte actora había presentado un escrito con fecha 2 de febrero de 2016 en virtud del cual no se limitó a solicitar que se saquen los autos de paralizados sino que acompañó cedulas ley de traslado y solicitó que se remitieran en vista las actuaciones al ministerio fiscal. Dicha presentación, impulsoria del procedimiento, al ser anterior al decreto de caducidad debió ser proveída con carácter Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA...

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