Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 30 de Junio de 2015, expediente CAF 072756/2014/1
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2015 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación 72756/2014 Incidente Nº 1 - ACTOR: PARIS CAMBIO AGENCIA DE CAMBIO Y TURISMO SA DEMANDADO:
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/INC DE MEDIDA CAUTELAR Buenos Aires, 30 de JUNIO de 2015.- HG Y VISTOS; CONSIDERANDO:
-
Que frente al pedido de aclaraciones formulado en el auto de secretaría de fs. 162, el letrado de C.R. manifestó primeramente —fs. 178/180— que:
-
sin perjuicio de haber tramitado en esta sala un pedido de medida cautelar autónoma que, tras el pago de la totalidad de la multa, fue rechazado —causa nº
1.180/2013—, existen circunstancias que ameritan darle un nuevo tratamiento; 2. originalmente se solicitó una medida cautelar contra la resolución BCRA nº 42/13 (sumario nº
1251) a los efectos de que el ente rector se abstenga de ejecutar y comunicar las sanciones de multa e inhabilitación aplicadas a él —en su condición de presidente— y a Paris Cambio S.A.; 3. el 6 de agosto de 2013 el BCRA intimó a los directivos de Paris Cambio SA, C.R. y J.S.R. a acreditar el cumplimiento de las resoluciones nº 42 referida y nº 216/13 (sumario nº 1202), bajo apercibimiento de aplicar lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 4º del decreto nº 62/71, el cual establece que “la autorización para funcionar podrá ser revocada cuando en las entidades se hayan producido cambios fundamentales en las condiciones básicas que se tuvieron en cuenta para acordarla…”; 4. sin consentir dicha intimación y sin desmedro de la impugnaciones formuladas contra la sanciones impuestas por las resoluciones nº 42 y 216, se llevaron a cabo los pagos de las multas fijadas y se celebraron los actos societarios Fecha de firma: 30/06/2015 Firmado por: DO PICO - GRECCO - FACIO, JUECES DE CAMARA - SEC. H.E.G.P.J. de la Nación 72756/2014 Incidente Nº 1 - ACTOR: PARIS CAMBIO AGENCIA DE CAMBIO Y TURISMO SA DEMANDADO:
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/INC DE MEDIDA CAUTELAR necesarios para implementar la separación de los señores R. y Ramos de las funciones de presidente y directivo; 5. la renuncia de J.R. quedó asentada en Acta de Directorio nº 178 del 12/10/2011 y se aceptó la renuncia por Acta de Asamblea nº 27 del 21/10/2011. Se designó a M.I. por Acta de Directorio nº 191 del 20/4/2012 (Vicepresidente) y Acta de Asamblea nº 28. Esa información fue remitida al BCRA el 6/9/2012. Por su parte C.R. dejó asentado por Acta de Directorio nº 216 del 28/03/2013 que a partir del 27/03/2013 tomaba licencia, la cual se prorrogó hasta el...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba