Sentencia de Sala B, 9 de Diciembre de 2014, expediente CPE 001512/2014/CA001

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2014
EmisorSala B

CPE 1512/2014/CA1 Poder Judicial de la Nación METALIZADO ÓPTICO ARGENTINO S.A. (MOA), VITOLEN S.R.L., FALCONE BODETTO S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 25.156. EXPEDIENTE N° CPE 1512/2014/CA1 (ORDEN N°

26.203. SALA “B”).

Buenos Aires, de diciembre de 2014.

VISTO:

El recurso de reposición interpuesto por la representación del Estado Nacional (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación) a fs. 2056/2058 vta. de este expediente contra el auto de fs. 2054 del mismo legajo, por el cual se dispuso: “…Devuélvase el presente expediente a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a fin que se notifique a BALBAZONI HERMANOS S.R.L., a BALOPTIK S.A., a INDULENS S.R.L. y a J.C.B. la resolución SCI N° 139/2013 de acuerdo con lo previsto por los arts. 39 y ss. del decreto 1759/72, reglamentario de la ley 19.549, aplicable supletoriamente en virtud de lo previsto por el art. 56 de la ley 25.156 (texto según ley 26.993).

Asimismo, deberá darse tratamiento al planteo de prescripción efectuado por METALIZADO ÓPTICO ARGENTINO S.A. por el escrito agregado a fs. 1963/1975 de este expediente…”.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por el artículo 2° de la resolución SCI N° 139/2013, de fecha 28 de noviembre de 2013, obrante a fs. 1842/1899 de este expediente, el señor Secretario de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación dispuso imponer, en lo que interesa a la presente, a BALBAZONI HERMANOS S.R.L. la sanción de multa de $ 162.000, a BALOPTIK S.A. la sanción de multa de $ 71.000, a INDULENS S.R.L. la sanción de multa de $ 65.000 y a J.C.B. la sanción de multa de $ 10.000, por aplicación de lo establecido por el art. 46, inciso “b”, de la ley 25.156.

    Asimismo, por el artículo 5° de la misma resolución, se ordenó a los nombrados la publicación de las sanciones dispuestas en el Boletín Oficial Fecha de firma: 09/12/2014 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.P.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.C., SECRETARIO DE CAMARA CPE 1512/2014/CA1 Poder Judicial de la Nación de la Nación y en un diario de mayor circulación a nivel nacional, por aplicación de lo establecido por el art. 44 de la ley 25.156.

    Por su parte, por el artículo 8° de aquella resolución, se ordenó

    registrar la misma, comunicarla y archivar el expediente.

  2. ) Que, por el escrito glosado a fs. 1928, el Dr. L.M.

    V. devolvió

    las cédulas de notificación que habían sido dejadas en el domicilio del Dr.

    L.A.C., sito en Montevideo 581, piso 2°, “H”, de esta ciudad, e hizo saber que el citado profesional había fallecido hacía más de cinco años, adjuntando una copia del acta de defunción del nombrado (fs. 1926), ante lo cual, a fs. 1929 se ordenó que se practicara una nueva notificación a los domicilios de los sancionados “…atento a la entidad de la Resolución que se notifica…” (la transcripción es copia textual del original).

    Asimismo, por el decreto de fs. 2000 se concedieron los recursos de apelación interpuestos por METALIZADO ÓPTICO ARGENTINO S.A.

    (MOA), por VITOLEN S.R.L. y por FALCONE BODETTO S.A. contra la resolución SCI N° 139/13, y por el segundo párrafo de aquel decreto se dispuso: “…Hágase saber a las recurrentes que, notificadas que sean todas las partes de la Resolución SIC N° 139/13, se procederá a elevar los autos al Tribunal de Alzada a los efectos del trámite del recurso introducido…” (la transcripción es copia textual del original).

  3. ) Que, por el decreto de fs. 2047, se dispuso: “Teniendo presente el recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por las firmas: METALIZADO ÓPTICO ARGENTINO S.A. (MOA), VITOLEN S.R.L.

    y FALCONE BODETTO S.A. contra la Resolución SIC N° 139/13 (fs.

    1963/1975, 1979/1981 y 1987/1990); lo dispuesto en fecha 09 de mayo de 2014 (fs. 2000) y el tiempo transcurrido sin que hasta la fecha las empresas...

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