Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 5 de Noviembre de 2013, expediente FGR 007966/2013

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2013
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “GOMEZ ANONIZ, R. –M., S.E. s/ Apremios ilegales a detenidos (art.144 bis.inc.3)” Expte. N° FGR 7966/2013 Juzgado Federal N° 2 de Neuquén, Secretaría N° 1 En la ciudad de General Roca, a los 4 días del mes de noviembre de dos mil trece, siendo las 10.30 hs se constituye en la sala de audiencias de estos Tribunales Federales la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca presidida por el doctor M.R.L. a efectos de recibir el informe previsto en el art.454 del CPP, la que se celebrará

conforme a lo previsto en la Acordada N° 04-S/10, en los USO OFICIAL autos arriba indicados. Comparece al acto el doctor J.M.C., defensor particular en representación de los imputados R.E.G.A. y S.E.M., quien presta su expresa conformidad en relación con la aplicación de la referida acordada. Se deja constancia que se encuentra presente S.E.M.. Cedida la palabra al defensor, éste expresó los agravios. Culminada su exposición, el tribunal pasó a considerar los fundamentos en que se asienta el recurso y tras un intermedio, ya agotada la deliberación de los magistrados, EL TRIBUNAL CONSIDERA: En lo que respecta a S.E.M. se advierte una concreta incertidumbre en cuanto a su participación en el hecho que se investiga por cuanto, por el momento, sólo se lo ha vinculado mediante referencia a la función que le atañía en la unidad carcelaria –Jefe de Turno- y por su supuesta participación también en un hecho acontecido el día 12 de diciembre de 2011 ajeno al objeto de este proceso. En cambio, ninguna referencia se ha hecho a sus características fisonómicas que si bien fueron aportadas por el denunciante, no fueron corroboradas durante la instrucción. Tales circunstancias aconsejan la adopción de la actitud expectante del art.309 del CPP; no estando demás señalar...

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