Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 10 de Noviembre de 2016, expediente CIV 074608/2010

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 74608/2010 G.M.C. Y OTROS c/ CENCOSUD SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de noviembre de 2016.- VN Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Contra la resolución de fs.242/244 vta., por medio de la cual se decretó la caducidad de la instancia, interpusieron sendos recursos de apelación el Ministerio Público de la Defensa de la anterior instancia a f.

    245 -el que fue mantenido y fundado por la Sra. Defensora de Cámara a fs.

    274/275 vta.- y la parte actora a f. 246 fundado a fs. 257/259. Los traslados conferidos fueron contestados por la demandada Setentatreinta S.A. a fs.

    261/262 vta. y fs. 277/278 vta.

  2. –La actora se agravia porque a quo ha otorgado al planteo formulado por la demandada una entidad que no posee. Afirma que el hito procesal que debe tenerse en cuenta para contar los plazos es la petición de f. 224 de fecha 17/3/16 y los demás actos posteriores que enumera en la presentación reseñada. Sostiene que aquellos purgan la inactividad procesal y fueron consentidos por los codemandados al no plantear oportunamente la caducidad de instancia., la que tampoco fue decretada de oficio.

    Por su parte la Sra. Defensora de Menores e Incapaces de Cámara se agravia por cuanto la representante del Ministerio Público de la anterior instancia no tuvo oportuna intervención en los actuados en defensa de los intereses de la joven que representa.

    En tal sentido afirma que no fue notificada de las audiencias fijadas a f. 209 y 225. Sostiene que desde su última intervención de f. 205, datada el 11/12/2014, volvió a tomar conocimiento del estado del proceso a partir de la vista conferida con motivo del planteo de caducidad de instancia en mayo de 2016. Concluye manifestando que, de haberse efectivizado una oportuna intervención, se le hubiera permitido impulsar el procedimiento de conformidad con la normativa que rige la participación, asistencia y control de los actos a cargo Ministerio Público Por ello, considera que la Fecha de firma: 10/11/2016 Firmado por: DR. M.L.M. , JUEZ DE CÁMARA Firmado por: DR. CLAUDIO RAMOS FEIJOÓ, JUEZ DE CÁMARA #12611719#166548576#20161110121717909 caducidad no puede operar en contra de quien se ha visto privado de su representante promiscuo.

  3. Habiéndose reseñado el contenido de las presentaciones relativas a los recursos interpuestos, nos abocaremos al tratamiento de las cuestiones planteadas.

    Al respecto diremos que el...

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