Estatuto

EmisorChegiu S.A.
Fecha de la disposición19 de Junio de 2014

1) Integrantes: El Sr. Andrés Daniel Giuria, de apellido Materno Casanini, D.N.I. N° 33.562.276, C.U.I.T: 20-33562276-7, Fecha de nacimiento 15 de mayo de 1988, de Nacionalidad Argentino, Estado civil soltero, Domicilio real en calle Balcarce 12 Piso 10 Depto A de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante y la Sra. Shirli Ileana Chequín, de Apellido Materno Bugnion, D.N.I. Nº 31.021.756, C.U.I.T. 27-31021756-0, Fecha de nacimiento 23 de octubre de 1984, de Nacionalidad Argentina, de Estado civil soltera, con Domicilio real en calle Balcarce 12 Piso 10 Depto A de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante.

2) Fecha Instrumento de Constitución: El día 17 de enero de 2014.

3) Denominación: La sociedad girará bajo la denominación CHEGIU S.A.

4) Domicilio: La sociedad tiene domicilio legal en la jurisdicción de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo, por resolución del Directorio, establecer sucursales y agencias en cualquier lugar del país, con o sin capital determinado. Se fija domicilio de la Sede Social en la calle Balcarce 12 PB, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto: Artículo 4: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a ellos, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) Administración de bienes propios y/o adquisición de bienes inmuebles y/o propiedades y/o derechos futuros sobre inmuebles, ya sean urbanos y/o rurales, inclusive por el régimen de propiedad horizontal, b) La inversión en bienes inmuebles rurales y/o urbanos y/o derechos futuros sobre inmueble, inclusive por el régimen de propiedad horizontal para ejecutar por si o por medio de terceros la construcción, ejecución de obra, urbanización y/o administración de proyectos inmobiliarios que resulten de su edificación, c) La venta de bienes inmuebles propios y/o propiedades propias y/o derechos futuros sobre inmuebles propios, ya sean urbanos y/o rurales, inclusive por el régimen de propiedad horizontal. Se excluye del presente objeto el corretaje inmobiliario

6) Capital Social: Artículo 5: El Capital Social es de Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000,00) representado por 40.000 acciones nominativas no endosables, con derecho a cinco (5) votos por acción, de valor nominal de diez pesos ($ 10,00) cada una. El capital puede ser aumentado, por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la ley 19550.

7) Plazo: Artículo 3: El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR