Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA B, 16 de Abril de 2015, expediente CIV 078469/2002/CA001

Fecha de Resolución16 de Abril de 2015
EmisorSALA B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 78469/2002 EQUITY TRUST COMPANY (ARGENTINA) S. A. c/ ARAMAYO SUSANA BEATRIZ s/ EJECUCION HIPOTECARIA Buenos Aires, de abril de 2015.- FT AUTOS Y VISTOS:

  1. A f. 518 la ejecutada interpuso recurso de apelación contra la resolución de fs. 474/478 y aclaratoria de f. 480, que desestimó la excepción de pago total y mandó

    llevar adelante la ejecución. Los fundamentos lucen a fs. 522/524; el traslado respectivo fue contestado a fs. 526/531.-

  2. El art 242 del CPCCN (conf. texto incorporado por la ley n° 26.536 y adecuado por la Acordada 16/14 de la CSJN) contempla la inapelabilidad en cuanto al monto del proceso, cuando el valor cuestionado no excede la suma de $50.000.

    En la especie, el capital objeto de reclamo en la demanda no supera el importe establecido en la normativa supra mencionada ($24.044 - v. f. 46, cap. II), lo cual equivale a decir que la cuestión controvertida en autos no excede del mínimo legal; extremo que determina la inapelabilidad de lo resuelto en el decisorio ut supra mencionado.

    Por lo expuesto y haciendo uso de las facultades que competen a los suscriptos para examinar de oficio la admisibilidad del recurso de apelación, a lo cual no obsta la conformidad de las partes ni la decisión del juez de primera instancia (C.N.Civ., sala "A", del 12-12-91, diario El Derecho del 27-5-92, pág. 8...

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