Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 26 de Marzo de 2015, expediente CAF 033966/2013

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 33966/2013 DOW QUIMICA ARGENTINA SA c/ DGA s/

Buenos Aires, de marzo de 2015.- LF VISTO:

El recurso extraordinario federal interpuesto por el coactor A.F., a fs. 158/175, replicado por la parte contraria a fs. 179/185; contra la sentencia agregada a fs. 149/154; Y CONSIDERANDO:

  1. Que, a fs. 149/154 esta S. -por mayoría- rechazó

    el recurso de apelación deducido por el Sr. A.F., y en consecuencia, confirmó la resolución apelada que había confirmado parcialmente la Resolución Nº 115/2009 (AD SALO), en la que el Administrador de la Aduana de San Lorenzo, lo había condenado juntamente con DOW Química Argentina S.A., en los términos del artículo 954, apartado 1, inciso c), del Código Aduanero, al pago de una multa de $93.535. Con costas al recurrente vencido (Art 68, segunda parte del CPCCN).

  2. Que, contra esa sentencia, a fs. 158/175 el coactor A.F. dedujo recurso extraordinario. En cuanto interesa, manifiesta que este Tribunal ha decidido contra la validez de normas de carácter federal como los artículos 954 y 959 del Código Aduanero. Por otra parte, entiende que este Tribunal realizó una errónea interpretación del precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Petrobras Energia SA (TF 21509-A)”.

  3. Que, toda vez que se halla en juego la interpretación de normas federales y la decisión final del pleito ha sido adversa al derecho que la recurrente fundó en ellas, corresponde CONCEDER el recurso extraordinario deducido y fundado en dicha causal (Fallos 329:669; 330:304). ASI SE RESUELVE:

    .

    R., notifíquese y...

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