Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 9, 19 de Junio de 2015, expediente 27057/14

Fecha de Resolución19 de Junio de 2015
EmisorSala 9

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA 15943 EXPTE CNT 27057/2014/CA1 SALA IX JUZGADO Nº46 AUTOS: “D.M.C. PATRONAL ART S.A.

S/ACCIDENTE –LEY ESPECIAL”.

Buenos Aires, 19/06/15 VISTO:

Que arriban las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 74/vta. contra la resolución dictada a fs. 71, mediante la cual la Sra. Juez "a quo" declaró la incompetencia de esta Justicia Nacional del Trabajo, para entender en la presente.

Requerida la opinión del Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se expidió a tenor del dictamen obrante a fs. 85/vta.

Y CONSIDERANDO:

I- Que este Tribunal comparte lo dictaminado por el Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en su Dictamen Nº 63.014 del 28 de abril de 2015, a cuyos fundamentos y conclusión -que han de considerarse parte integrante del presente pronunciamiento-

corresponde remitir, en razón de brevedad y en cuanto sostiene que, toda vez que el trabajador puede optar válidamente por alguna de las circunstancias que prevé el art. 24 L.O. a los fines de fijar la competencia territorial y que, en el específico caso de autos, más allá de la jurisdicción en que tenga su domicilio legal la demandada, lo cierto es que la actora denunció en su escrito de demanda que el accidente “in itinere” por el cual inicia la presente acción habría ocurrido dentro del ámbito de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, circunstancia que genera la aptitud jurisdiccional, en cuanto se torna aplicable lo dispuesto en el art. 5 inc.4 del CPCCN, ello sin perjuicio de lo que se pudiere resolver de materializarse una oposición bajo la forma de una...

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