Disposición Dc N° 02/11

Provincia de Buenos Aires.

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.

Disposición DC N° 02/11.

La Plata, 20 de enero de 2011.

VISTO La Resolución 1716/07, la Resolución 4730/08 y la Resolución N° 3817 y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 3817/07 aprueba las pautas para la presentación, implementación y supervisión de proyectos a cargo de las instituciones oferentes;

Que la Resolución N° 3817/07 en su anexo 2 pauta la implementación de proyectos aprobados lo que hace necesario prever la localización de los mismos;

Que resulta necesario dar a conocer los problemas y núcleos temáticos que servirán de base para orientar las diferentes propuestas de capacitación de las instituciones oferentes;

Que la Resolución 4730/08 establece las pautas para el otorgamiento de puntaje bonificante a los cursos dictados por las instituciones registradas en la Dirección de Capacitación;

Que en uso de las facultades conferidas por el Art. 14 de la Resolución 1716/07, resulta viable el dictado de la presente disposición;

Por ello, LA DIRECTORA DE CAPACITACIÓN, DISPONE:

ARTÍCULO 1°. Determinar que el período de presentación de Proyectos de Capacitación por parte de las Instituciones oferentes externas se realizará en el período comprendido entre el 14 del mes de marzo y el 15 del mes de abril del año 2011, ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Capacitación, Oficina de Proyectos Externos.

ARTÍCULO 2º Establecer como marco de referencia para la presentación de las propuestas de capacitación los diseños curriculares jurisdiccionales, los documentos de la Política Educativa de la Provincia de Buenos Aires, las temáticas y los problemas prioritarios de la enseñanza fijados por las diferentes Direcciones de nivel, que como Anexo I forman parte de la presente Disposición en 13 (trece) fojas.
ARTÍCULO 3° Establecer que en el ítem localización que prescribe la Resolución N° 3817/07 en su Anexo 1, para los datos identificatorios del proyecto, deberán especificarse el o los distritos de la Provincia de Buenos Aires en los que se llevarán a cabo los encuentros presenciales y/o de evaluación final, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de considerarse “no aceptado”.
ARTÍCULO 4° Determinar que las instituciones oferentes realizarán su presentación completando por duplicado, la planilla de recepción de proyectos que como Anexo II en 1 (una) foja forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 5° Determinar que en el caso de encontrarse proyectos que posean idénticos ítems tales como la síntesis, fundamentación, los contenidos o la bibliografía se procederá a la no aceptación de dichas presentaciones.
ARTÍCULO 6° Determinar que se realizará una primera evaluación de cada una de las presentaciones institucionales considerando el cumplimiento de los diferentes aspectos pautados por la normativa vigente así como la relevancia, pertinencia, originalidad, transferencia y factibilidad de la misma

Esto resultará en la aceptación o no de la presentación.

ARTÍCULO 7° Establecer que para aquellas propuestas aceptadas se procederá a la evaluación pedagógica de cada uno de los proyectos de capacitación.
ARTÍCULO 8° Aprobar la grilla que se presenta como Anexo III en 2 (dos) fojas para la evaluación pedagógica de los proyectos con modalidad presencial.
ARTÍCULO 9° Aprobar la grilla que se presenta como Anexo IV en (2) fojas para la evaluación pedagógica de los proyectos con modalidad a distancia.
ARTÍCULO 10 Derogar la disposición N° 01/10 y toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 11 Registrar esta...

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