Disposición 6318 - E.

Fecha de disposición29 Noviembre 2016
Fecha de publicación29 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 6318 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2016

VISTO el Expediente Nº S02:0008061/2008 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 25.871, los Decretos N° 1654 del 9 de octubre de 2008 y N° 959 del 22 de agosto de 2016, la Disposición DNM N° 2761 del 22 de diciembre de 2009 y sus modificatorias, la Resolución N° 522 del 10 de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1654/2008 se estableció la tasa de solicitud de ingreso al país que deberán abonar los extranjeros que se encuentren eximidos de la visación consular por motivos de turismo o negocios y que sean nacionales de países que exijan a los ciudadanos argentinos el pago de una tasa por la solicitud y/o tramitación de visa consular de ingreso a sus respectivos territorios.

Que mediante la Disposición DNM N° 2761 del 22 de diciembre de 2009 y sus modificatorias, se aprobó el Instructivo para la aplicación de la referida tasa.

Que por Decreto N° 959 del 22 de agosto de 2016 se exceptuó del pago de la "tasa de reciprocidad" a los ciudadanos nativos de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA que por cualquier motivo ingresen al Territorio Argentino.

Que mediante la Resolución N° 522 del 10 de noviembre de 2016, el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, decidió eximir del requisito de visación consular argentina a los extranjeros titulares de pasaportes ordinarios emitidos por CANADÁ, cuando su ingreso al país se efectúe por motivo de negocios.

Que en virtud de los cambios introducidos por estas últimas medidas, corresponderá efectuar modificaciones al texto de la Disposición DNM N° 2761/2009.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TECNICA-JURIDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL

DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

Sustitúyese el Artículo 2° del Anexo I de la Disposición DNM N° 2761 del 22 de diciembre de 2009, modificado por su similar N° 903 del 16 de abril de 2014, el...

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