Disposición 361/2010

EmisorRegistros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Creditos Prendarios
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2010

Incorporación a los Registros Seccionales la operatoria de 'Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito'.

Bs. As., 13/5/2010

VISTO las Disposiciones D.N. Nros. 515/03, 395/04, 602/05, 681/06, 746/06, 7/07 y 169/09, y el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES con fecha 23 de marzo de 2010 (conforme el modelo aprobado por el entonces MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. Nº 1278/06 - Expte M.J. y D.H. Nº 135.427/02), aprobado por Decreto Nº 358 emitido por el señor Gobernador de la Provincia de BUENOS AIRES con fecha 22 de abril de 2010, y CONSIDERANDO:

Que, por conducto de la primera de las Disposiciones mencionadas en el Visto, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario '13 I' 'Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito', aplicable en una primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos.

Que, por otra parte, dicha operatoria se amplió a los efectos de abarcar la solicitud del informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario '13 I' 'Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito' como trámite autónomo, con independencia de la requisitoria de otro trámite registral.

Que oportunamente se amplió el ámbito de aplicación de la operatoria de 'Solicitud de Deuda por Infracciones de Tránsito' a los efectos de comprender a los Registros Seccionales correspondientes a jurisdicciones en las que aún no se hubieren celebrado o implementado Convenios de Complementación de Servicios para las multas por infracciones.

Que en dicha oportunidad, además, se limitó la operatoria respecto de los trámites de transferencia de dominio, cuando ésta se realice en el Registro Seccional de la futura radicación, proveniente de un Registro Seccional ya alcanzado por la operatoria;

transferencia de dominio de automotores y motovehículos que cambien de radicación a jurisdicciones alcanzadas por la operatoria;

y denuncia de robo o hurto del...

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