Decreto Nº 127/GCABA/14

FirmantesMACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2014

VISTO:

La Ley Nacional N° 13.064, las Leyes Nros. 2.095, 2.809 y sus modificatorias, los

Decretos Nros. 1.312/08, 159/09 y el 49/13, y el Expediente electrónico N° 2014-

03510888- MGEYA-DGRP, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.809 se estableció un "Régimen de Redeterminación de

Precios", aplicable a los contratos de obra pública regidos por la Ley Nacional N°

13.064 y a los contratos de locación de servicios y de servicios públicos que

expresamente así lo establezcan;

Que a través de la modificación efectuada a la Ley N° 2.809 por su similar N° 4.763, se

dispuso la aplicación del Régimen precitado, con los alcances y modalidades allí

previstas, a los contratos de servicios, de servicios públicos y de suministros en los

cuales expresamente se establezca la aplicación de la misma;

Que la Ley N° 2.809 establece que el principio rector de la redeterminación de precios

es el mantenimiento de la ecuación económica financiera de los contratos, y que es

destinado exclusivamente a establecer un valor compensatorio del real incremento del

costo sufrido por el proveedor;

Que asimismo la Ley en estudio excluye del régimen las concesiones con régimen

propio y cobro directo al usuario, de concesión de obra y de servicios, licencias y

permisos;

Que por Decreto N° 1.312/08 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.809;

Que en atención a ello, mediante la Resolución N° 543/MHGC/13 se estableció la

"Metodología de Redeterminación de Precios" a...

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