Decreto Nº 256/GCABA/13

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición25 de Junio de 2013

VISTO:

La Ordenanza N° 40.368, la Nota N° 1190654/HGADFS/09, el Expediente N°

91.113/10, y

CONSIDERANDO:

Que por la Nota citada en el Visto, la señora Filomena Virginia Benítez, elevó a la

Superioridad del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni" la carta

documento identificada bajo el N° 04598351 -1 , mediante la cual reclama supuestos

derechos sobre un quiosco y polirubro ubicado en la puerta de guardia del efector de

salud, al tiempo que intima a la Administración a que se abstenga de adoptar medidas

que perturben, alteren o restrinjan sus derechos adquiridos, declarados judicialmente

en la acción de amparo incoada bajo los autos caratulados "Benítez Filomena Virginia

c/GCBA s/ Amparo (Art. 14 CCABA) Expediente N° 34.343/0", en trámite por ante el

Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2, Secretaría N° 3;

Que el citado Hospital ha ratificado que no obra en su poder documentación que avale

el reclamo de la solicitante, informando asimismo que el espacio en cuestión

corresponde al lugar de movimiento de la Guardia de Emergencias, siendo necesario

para el desplazamiento de las ambulancias de la Dirección General Sistema de

Atención Médica de Emergencia (SAME) ;

Que al propio tiempo, se informó que efectivamente existe en la puerta de guardia del

nosocomio una estructura de chapa "tipo quiosco" que se encontraba cerrada al

momento en que el Director del establecimiento asistencial asumiera la conducción del

Hospital y que en la actualidad se encuentra tapiada, siendo intención del

establecimiento asistencial poder desarmar lo construido sin autorización a fin de

continuar con las obras de infraestructura;

Que mediante la Ordenanza N° 40.368 se revocó por razones de mérito y

conveniencia el permiso de ocupación, uso y explotación con carácter precario de

todos los quioscos ubicados en los Hospitales Municipales concedidos a la

Cooperadora de Acción Social (C.O.A.S) por la Ordenanza N° 35.140, y Ordenanza N°

35.568 entregándose el uso y explotación precario a las Asociaciones Cooperadoras

correspondientes a cada Hospital Municipal;

Que en junio de 1999 fue suscripto un Convenio de Uso y Explotación, entre el

Presidente de la Asociación Cooperadora del Hospital General de Agudos "Donación

Francisco Santojanni" y la empresa "Emprendimiento Gastronómico Integrados

Sociedad Anónima", por el cual la Asociación Cooperadora cede el uso y explotación,

a título precario, del local y de todo el predio ubicado en el Hospital destinado a la

explotación del bar, restaurante, confitería, quiosco , librería y afines a la firma

señalada, conforme la Ordenanza N° 40.368, por el plazo de diez (10)...

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