Decreto N° 1.843

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2012

DECRETO N° 1.843

Mendoza, 15 de octubre de 2012

Visto el expediente 3698-M-12-77770, en el cual se tramita la efectivización del incremento de la contribución patronal del 6% al 6.5% con destino a la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP); y

CONSIDERANDO:

Que por acuerdo paritario del 27 de septiembre de 2011 se sugiere un aumento del aporte patronal con destino a la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) del 0,5%.

Que dicho acuerdo fue homologado por el Decreto N° 2415/11, ratificado por Ley N° 8358.

Que el Art. 140 - primera parte - de la Ley N° 8399, dispone el incremento de la contribución patronal con destino a la citada Obra Social del 0,5%.

Que el Decreto-Acuerdo N° 110/12, establece en su Art. 45, que dicho incremento se efectivizará por Decreto del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud con el refrendo del Ministro de Hacienda y Finanzas.

Por ello, en razón de lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal del Ministerio de Salud y en virtud de lo establecido por el Art. 1° de la Ley N° 8358 y Art. 140 de la Ley N° 8399, y Art. 45 del Decreto-Acuerdo N° 110/12,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Dispóngase el incremento del 6% al 6,5% de la contribución patronal que se abona a la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), en cumplimiento al Acta paritaria del 29 de septiembre de 2011, homologada por Decreto N° 2415/11, ratificado por Ley N° 8358, conforme lo dispuesto por el Art. 140 de la Ley N° 8399 y su reglamentación Art. 45 del Decreto-Acuerdo N° 110/12.

Artículo 2°

El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 3°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Carlos Washington Díaz

Marcelo Fabián Costa

Publicación: por única vez el 25/10/12

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