Decreto N° 2.629

EmisorMinisterio Economia, Infra. y Energ.
Fecha de la disposición10 de Diciembre de 2015

DECRETO N° 2.629

Mendoza, 10 de diciembre de 2015

Visto el expediente N° 13142-D-2015-18006, en el cual se gestiona la designación del representante de la Provincia de Mendoza en su calidad de accionista ante Agua y Saneamiento Mendoza S.A.P.E.M. y teniendo en cuenta lo dictaminado por Asesoría Legal de la Secretaría de Servicios Públicos;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Desígnese al Doctor Juan Carlos Masini, D.N.I. N° 13.998.337, CUIT 20-13998337-9, quien se desempeña en el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, como representante de la Provincia de Mendoza, en su calidad de accionista ante Agua y Saneamiento Mendoza S.A.P.E.M. Aclárese que el mencionado profesional concurrirá a dicho acto con la delegación de facultades para deliberar, mocionar y votar sobre los distintos temas incluidos en el Orden del Día de las convocatorias, así como para ejercitar todos los derechos que como accionista de la citada Sociedad le corresponden a la Provincia de Mendoza.

Artículo 2°

Instrúyase a Escribanía de Gobierno para que otorgue al Doctor Juan Carlos Masini, D.N.I. N° 13.998.337, poder suficiente para que represente a la Provincia de Mendoza en su calidad de accionista de Agua y Saneamiento Mendoza S.A.P.E.M. con las siguientes facultades: realizar todos los actos que estime correspondan para ejercer todos los derechos de las acciones de las que es titular la Provincia de Mendoza en la referida Sociedad; iniciar e intervenir en todos los juicios y asuntos judiciales, administrativos y de aguas o que actualmente tenga pendiente, en trámite o en adelante se le susciten, de cualquier naturaleza, fuero o jurisdicción que sea; actuar en efecto ante todas las reparticiones públicas, nacionales, provinciales, municipales, ministerios y otras creadas o a crearse, ya sea Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza, Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia, A.F.I.P. y toda entidad autárquica nacional, provincial o municipal, pudiendo hacer todo tipo de presentaciones, y cuantos más actos, gestiones y diligencias sean conducentes para la completa terminación de los asuntos en que intervenga, sus incidentes, recursos e instancias con facultades para presentar todo tipo de escritos, testigos, pruebas de toda índole, aprobar o impugnar rendiciones de cuentas, avalúos, particiones y adjudicación de bienes, solicitar las particiones, solicitar informes...

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