Decreto N° 1.481

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2014

DECRETO N° 1.481

Mendoza, 28 de agosto de 2014

Visto el Expediente N° 2721-D-2014-30093 en el cual se gestiona la ratificación del "Convenio Unico de Colaboración y Transferencia", celebrado entre la Subsecretaría de Recursos Hídricos, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y la Provincia de Mendoza; y

CONSIDERANDO:

Que el referido Convenio tiene por objeto la asistencia financiera, por parte de la citada Subsecretaría a la Provincia, para la ejecución de diversas obras en el Departamento San Rafael, las que se detallan en el Anexo I que forma parte del mismo.

Por lo expuesto y teniendo en cuenta lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura,

EL GOBERNADOR

DE LA Provincia

DECRETA:

Artículo 1º

Ratifíquese el "Convenio Unico de Colaboración y Transferencia", celebrado el día 30 de julio de 2014 entre la Subsecretaría de Recursos Hídricos, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por su titular, Ingeniero Edgardo Atilio Bortolozzi y la Provincia de Mendoza, representada por el Señor Gobernador, Doctor Francisco Perez.

El referido instrumento integra como Anexo el presente decreto en fotocopia autenticada constante de diez (10) fojas.

Artículo 2º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Rolando Daniel Baldasso

_____

ANEXO

CONVENIO ÚNICO

DE COLABORACIÓN

Y TRANSFERENCIA

PROVINCIA DE MENDOZA

Entre la Subsecretaría de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en adelante la "Subsecretaría", representada en este acto por su titular, Ing. Edgardo Atilio Bortolozzi, con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen N° 250, piso 11°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y la Provincia de Mendoza, representada en este acto por su Gobernador, Dr. Francisco Pérez, en adelante la "Provincia", con domicilio en la Av. L. Peltier N° 351 de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, en adelante la "Provincia", por la otra, conjuntamente denominadas "Las Partes", acuerdan celebrar el presente. Convenio Único de Colaboración y Transferencia, en adelante el "Convenio", sujeto a las siguientes cláusulas:

Cláusula Primera: El "Convenio" tiene por objeto la asistencia financiera, por parte de la "Subsecretaría" a la "Provincia", para la ejecución de las obras detalladas en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del "Convenio", en adelante las "Obras".

Cláusula Segunda: El plazo estipulado para la realización de las "Obras", es el indicado en cada renglón del Anexo I mencionado en la Cláusula anterior, en adelante el "Renglón", contado a partir de la fecha de la Declaración Jurada de Inicio de Obra, en adelante la "Declaración Jurada de Inicio", emitida por la Municipalidad y/o Comuna y/o Comisión de Fomento, en adelante denominadas...

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